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Documento DOUE-L-2014-81050

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 215/2013, de 13 de diciembre de 2013, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 154, de 22 de mayo de 2014, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-81050

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2013/213/UE de la Comisión, de 29 de abril de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/221/UE en cuanto a la aprobación de medidas nacionales para impedir la introducción del herpesvirus de los ostreidos tipo 1 μνar (OsHV-1 μνar) en determinadas zonas de Irlanda y el Reino Unido (1).

(2) La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. Dicha legislación no se debe aplicar a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo EEE entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, relativo al comercio de productos agrícolas, incluya a dicho país, tal y como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 94 (Decisión 2010/221/UE de la Comisión) de la parte 4.2 del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:

«— 32013 D 0213: Decisión de Ejecución 2013/213/UE de la Comisión, de 29 de abril de 2013 (DO L 120 de 1.5.2013, p. 16).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión de Ejecución 2013/213/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2013, siempre que se hayan transmitido las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2013.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Thórir IBSEN

_______

(1) DO L 120 de 1.5.2013, p. 16.

(*)No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 13/12/2013
  • Fecha de publicación: 22/05/2014
  • Entrada en vigor: 14 de diciembre de 2013, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Enfermedad animal
  • Espacio Económico Europeo
  • Mariscos
  • Sanidad veterinaria

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