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Documento DOUE-L-2014-80820

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 121, de 24 de abril de 2014, páginas 60 a 60 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-80820

TEXTO ORIGINAL

En la página 8, en el artículo 2, en el apartado 2:

donde dice: «2.No se pondrá a disposición directa ni indirecta de personas físicas o de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados a ellas que figuren incluyan en el anexo I, ni se utilizará en su beneficio, ningún fondo o recurso económico.»,

debe decir: «2.No se pondrá a disposición directa ni indirecta de personas físicas o de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados a ellas que figuren en el anexo I, ni se utilizará en su beneficio, ningún fondo o recurso económico.».

En la página 10, en el artículo 17, en la letra d):

donde dice: «d) a cualquier persona jurídica, entidad u organismo, ya se encuentre dentro o fuera del territorio de la Unión, que se haya registrado constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro;»,

debe decir: «d) a cualquier persona jurídica, entidad u organismo, ya se encuentre dentro o fuera del territorio de la Unión, que se haya registrado o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro;».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 24/04/2014
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 269/2014, de 17 de marzo (Ref. DOUE-L-2014-80489).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones
  • Ucrania

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