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Documento DOUE-L-2014-80811

Reglamento de Ejecución (UE) nº 409/2014 de la Comisión, de 23 de abril de 2014, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Especialidades Tradicionales Garantizadas [Bacalhau de Cura Tradicional Portuguesa (ETG)].

Publicado en:
«DOUE» núm. 121, de 24 de abril de 2014, páginas 20 a 20 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-80811

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) nº 1151/2012, la solicitud de registro de la denominación «Bacalhau de Cura Tradicional Portuguesa» presentada por Portugal, fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2) Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) nº 1151/2012, procede registrar la denominación citada.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrada la denominación «Bacalhau de Cura Tradicional Portuguesa» (ETG).

La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.7 Pescados, moluscos, crustáceos frescos y productos derivados de ellos, del anexo II del Reglamento (CE) nº 1216/2007 de la Comisión (3).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de abril de 2014

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2) DO C 292 de 8.10.2013, p. 8.

(3) Reglamento (CE) nº 1216/2007 de la Comisión, de 18 de octubre de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 509/2006 del Consejo sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 275 de 19.10.2007, p. 3).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/04/2014
  • Fecha de publicación: 24/04/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 1151/2012, de 21 de noviembre (Ref. DOUE-L-2012-82546).
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Pescado
  • Portugal

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