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Documento DOUE-L-2014-80348

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 174/2013, de 8 de octubre de 2013, por la que se modifica el anexo XX (Medio Ambiente) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 58, de 27 de febrero de 2014, páginas 28 a 28 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-80348

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 1179/2012 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012, por el que se establecen criterios para determinar cuándo el vidrio recuperado deja de ser residuo con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 ).

(2) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XX del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Tras el punto 32ffa [Reglamento (UE) n o 333/2011 del Consejo] del anexo XX del Acuerdo EEE, se inserta el siguiente texto:

«32ffb. 32012 R 1179: Reglamento (UE) n o 1179/2012 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012, por el que se establecen criterios para determinar cuándo el vidrio recuperado deja de ser residuo con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 337 de 11.12.2012, p. 31).

A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con la siguiente adaptación:

En el artículo 2, apartado 4, después de los términos "territorio aduanero de la Unión", se añade "o en el territorio de los Estados de la AELC".».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 1179/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de octubre de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de octubre de 2013.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Thórir IBSEN

______

( 1 ) DO L 337 de 11.12.2012, p. 31.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 08/10/2013
  • Fecha de publicación: 27/02/2014
  • Entrada en vigor: 9 de octubre de 2013, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XX del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Gestión de residuos
  • Vidrio

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