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Documento DOUE-L-2013-82451

Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre el cierre de las cuentas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2011.

Publicado en:
«DOUE» núm. 308, de 16 de noviembre de 2013, páginas 208 a 208 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-82451

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades relativas al ejercicio 2011,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Centro ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,

— Visto el Reglamento (CE) n o 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ( 4 ), y, en particular, su artículo 23,

— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0082/2013),

1. Aprueba el cierre de las cuentas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2011;

2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente Martin SCHULZ

El Secretario General Klaus WELLE

________

( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 66.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 4 ) DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.

( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 17/04/2013
  • Fecha de publicación: 16/11/2013
Materias
  • Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades
  • Presupuestos comunitarios

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