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Documento DOUE-L-2013-82418

Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011, sección II - Consejo Europeo y Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 308, de 16 de noviembre de 2013, páginas 20 a 24 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-82418

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011 ( 1 ),

— Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2011 [COM (2012) 436 — C7-0226/2012] ( 2 ),

— Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas ( 3 ),

— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2011, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ( 4 ),

— Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 6 ), y, en particular, sus artículos 164, 165 y 166,

— Vista la Decisión n o 31/2008 del Secretario General del Consejo/Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo ( 7 ),

— Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera ( 8 ),

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0061/2013),

__________________________

( 1 ) DO L 68 de 15.3.2011.

( 2 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 1.

( 3 ) DO C 344 de 12.11.2012, p. 1.

( 4 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 130.

( 5 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 6 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 7 ) Decisión derivada del Reglamento interno del Consejo, de 22 de julio de 2002 (DO L 230 de 28.8.2002, p. 7).

( 8 ) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

1. Aplaza su decisión relativa a la concesión al Secretario General del Consejo de la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo para el ejercicio 2011;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 17 de abril de 2013

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011, sección II — Consejo Europeo y Consejo

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011 ( 1 ),

— Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2011 [COM (2012) 436 — C7-0226/2012] ( 2 ),

— Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas ( 3 ),

— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2011, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ( 4 ),

— Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 6 ), y, en particular, sus artículos 164, 165 y 166,

— Vista la Decisión n o 31/2008 del Secretario General del Consejo/Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo ( 7 ),

— Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera ( 8 ),

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0061/2013),

A. Considerando que en las conclusiones del Consejo Europeo de los días 18 y 19 de octubre de 2012 se señalaba que deberán seguir estudiándose la rendición de cuentas y la legitimidad democráticas;

B. Considerando que la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento analiza por primera vez la ejecución y la gestión por el Consejo Europeo de su presupuesto administrativo;

C. Considerando que todas las instituciones de la Unión deben ser transparentes y plenamente responsables ante los ciudadanos de la Unión por los fondos que se les confían en tanto que instituciones de la Unión;

___________________________

( 1 ) DO L 68 de 15.3.2011.

( 2 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 1.

( 3 ) DO C 344 de 12.11.2012, p. 1.

( 4 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 130.

( 5 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 6 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 7 ) Decisión derivada del Reglamento interno del Consejo, de 22 de julio de 2002 (DO L 230 de 28.8.2002, p. 7).

( 8 ) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

1. Se congratula de que, basándose en su trabajo de auditoría, el Tribunal de Cuentas haya llegado a la conclusión de que los pagos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011 correspondientes a los gastos administrativos y otros gastos de las instituciones y órganos están, en su conjunto, exentos de errores significativos;

2. Señala que, en el Informe anual de 2011, el Tribunal de Cunetas ha incluido observaciones sobre el Consejo Europeo y el Consejo en relación con los procedimientos de contratación pública relativos a los servicios de limpieza y la adquisición de uniformes, en los que se han constatado deficiencias en lo que a la aplicación de los criterios de selección y adjudicación se refiere;

3. Toma nota de las respuestas dadas a las observaciones del Tribunal de Cuentas y coincide con las recomendaciones del Tribunal de Cuentas en que los ordenadores deben mejorar la concepción, la coordinación y la realización de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos mediante los controles adecuados y unas mejores directrices; recomienda, asimismo, una aplicación más estricta de las normas de contratación pública, que las instituciones de la Unión están obligadas a respetar;

4. Toma nota de que en 2011 el Consejo Europeo y el Consejo tuvieron a su disposición créditos de compromiso por valor de 506 842 003,08 EUR (642 000 000 EUR en 2010), con un porcentaje de ejecución del 90 %, inferior al de 2010; se muestra preocupado por el hecho de que el índice de infrautilización se haya incrementado y siga siendo elevado; solicita que se mejore el índice de infrautilización y que se controlen las modificaciones efectuadas, y propone la elaboración de indicadores de resultados clave en los ámbitos más críticos, como las dotaciones para los viajes de delegaciones, la logística y la interpretación;

5. Hace hincapié en el papel que el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea atribuye al Parlamento en la aprobación de la gestión en la ejecución del Presupuesto;

6. Considera que los presupuestos del Consejo Europeo y del Consejo deben estar separados en aras de la transparencia de su gestión financiera y para mejorar la rendición de cuentas de las dos instituciones;

7. Toma nota de que, contrariamente a lo afirmado por el Consejo, no hay un «pacto de caballeros» entre el Parlamento Europeo y el Consejo por lo que se refiere a la aprobación de la gestión del Consejo; 8. Reitera su deseo de que el Parlamento reciba un informe anual de actividades completo, con una descripción exhaustiva de todos los recursos humanos disponibles para las dos instituciones, desglosados por categoría, grado, sexo, nacionalidad y formación profesional; señala que el Servicio Jurídico del Parlamento Europeo y expertos jurídicos independientes consideran que el Parlamento tiene derecho a esa información;

9. Espera que el Parlamento reciba las decisiones presupuestarias internas del Consejo;

10. Toma nota, en particular, de las recomendaciones de la auditoría interna del ejercicio 2011 en relación con los contratos de consultoría en TI y los contratos de seguridad, en los que persisten deficiencias en lo que a la gestión financiera y los procedimientos de contratación se refiere, y pone de manifiesto su preocupación por las mismas;

11. Expresa su preocupación por el seguimiento dado a las auditorías financieras llevadas a cabo antes de 2010, en cuyo contexto siguen sin aplicarse algunas recomendaciones relativas a los programas de trabajo de 2007, 2008 y 2009; insta al Consejo a que tome medidas concretas para mejorar la aplicación de esas recomendaciones;

12. Toma nota de que el Consejo ha tomado medidas para mejorar los resultados del proyecto «edificio Europa» y, en particular, la creación de un equipo permanente para el seguimiento de la realización del proyecto junto con el plan de comunicación y la creación de una plataforma documental;

13. Pide al Consejo que facilite a más tardar el 1 de julio de 2013 una explicación detallada por escrito sobre el importe total de créditos utilizados para la adquisición del edificio Résidence Palace, las partidas presupuestarias de las que se obtuvieron esos créditos, los plazos pagados hasta el momento, los plazos pendientes de pago y el fin al que se destinará el edificio;

14. Toma nota de los importantes cambios en el presupuesto del ejercicio 2011, con la creación del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y la reducción del gasto previsto para el funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo;

15. Se muestra decepcionado por el hecho de que la creación del SEAE no se previó en el proyecto de presupuesto de 2011; toma nota del aumento de créditos necesario para preparar la adhesión de Croacia y reforzar el gabinete del Presidente del Consejo Europeo;

16. Pide al Consejo que facilite toda la información sobre los acuerdos de nivel de servicios celebrados con el SEAE y las medidas concretas adoptadas para promover la modernización administrativa; opina que la gestión de los recursos humanos del Consejo no ha sido lo suficientemente eficiente;

17. Lamenta que el Consejo siga negándose a responder a las preguntas del Parlamento y considera que la supervisión efectiva de la ejecución del presupuesto de la Unión requiere que el Consejo esté dispuesto a mantener un diálogo abierto y formal con la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento; subraya la necesidad de que las dos instituciones cooperen de manera satisfactoria;

18. Reitera que el Parlamento sigue esperando que el Consejo responda a las iniciativas y solicitudes para la transmisión de documentos que se recogen en la Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 1 ); pide al Secretario General del Consejo que facilite a la comisión competente del Parlamento para el procedimiento de aprobación de la gestión respuestas detalladas por escrito a estas preguntas;

19. Reitera que el gasto del Consejo debe examinarse de la misma manera que el de las demás instituciones; opina que en su Resolución de 23 de octubre de 2012 ( 2 ) se establecen los elementos fundamentales de dicho examen;

20. Lamenta las dificultades encontradas en el proceso de aprobación de la gestión para los ejercicios 2007, 2008, 2009 y 2010 debido a la falta de cooperación del Consejo; recuerda que el Parlamento denegó la aprobación de la gestión al Secretario General del Consejo para la ejecución del presupuesto del Consejo para los ejercicios 2009 y 2010 por las razones expuestas en sus Resoluciones de 10 de mayo de 2011 ( 3 ), 25 de octubre de 2011 ( 4 ), 10 de mayo de 2012 ( 5 ) y 23 de octubre de 2012 ( 6 );

21. Recuerda que, durante las negociaciones sobre una versión revisada del Reglamento Financiero, no se logró un acuerdo sobre la forma en que podría mejorarse el procedimiento de aprobación de la gestión; cree que, si el Consejo sigue negándose a cooperar con el Parlamento, la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo se verá obligada a formular a la Comisión sus preguntas y solicitudes de información sobre el presupuesto del Consejo;

22. Reitera que la Comisión, en su respuesta de 25 de noviembre de 2011 a la carta del presidente de la Comisión de Control Presupuestario, señala la conveniencia de que el Parlamento siga concediendo, aplazando o denegando la aprobación de la gestión de las demás instituciones, incluido el Consejo, como ha sido el caso hasta ahora;

23. Considera conveniente que el Parlamento ejerza su poder de conceder la aprobación de la gestión de conformidad con los artículos 316, 317 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en consonancia con la interpretación y la práctica actuales, en particular la concesión de la aprobación de la gestión para cada partida del presupuesto individualmente a fin de mantener la transparencia y la rendición de cuentas democrática ante los contribuyentes de la Unión;

24. Lamenta que el Consejo no sea suficientemente transparente y hace hincapié en que todas las instituciones de la Unión tienen el deber de respetar las mismas normas en relación con la transparencia; está convencido de que el Parlamento y el Consejo, como colegisladores, deben aplicar las mismas normas de transparencia y pide al Consejo que mejore sin demora sus resultados en este ámbito.

_____________________

( 1 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 23.

( 2 ) DO L 350 de 20.12.2012, p. 71.

( 3 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 25.

( 4 ) DO L 313 de 26.11.2011, p. 13.

( 5 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 23.

( 6 ) DO L 350 de 20.12.2012, p. 71.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 17/04/2013
  • Fecha de publicación: 16/11/2013
Materias
  • Consejo Europeo
  • Presupuestos comunitarios

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