LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),
Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2007/742/CE de la Comisión (2), expira el 31 de diciembre de 2013.
(2) Se ha llevado a cabo una evaluación de la pertinencia e idoneidad de los criterios ecológicos actuales, así como de los correspondientes requisitos de evaluación y verificación establecidos mediante esa Decisión. Teniendo en cuenta la fase del proceso de revisión de dicha Decisión, conviene prorrogar el período de vigencia de los criterios ecológicos y de los correspondientes requisitos de evaluación y verificación en ella establecidos. El período de vigencia de los criterios ecológicos y de los requisitos correspondientes de evaluación y verificación establecidos en la Decisión 2007/742/CE debe prorrogarse hasta el 31 de octubre de 2014.
(3) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2007/742/CE en consecuencia.
(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 16 del Reglamento (CE) n o 66/2010.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El artículo 4 de la Decisión 2007/742/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios ecológicos correspondientes a la categoría de productos “bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de octubre de 2014.».
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 2013.
Por la Comisión
Janez POTOÈNIK
Miembro de la Comisión
____________
(1) DO L 27 de 30.1.2010, p. 1.
(2) Decisión 2007/742/CE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2007, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas (DO L 301 de 20.11.2007, p. 14).
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