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Documento DOUE-L-2013-82199

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 98/2013, de 3 de mayo de 2013, por la que se modifica el anexo XXI (Estadísticas) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 291, de 31 de octubre de 2013, páginas 64 a 64 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-82199

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 1106/2012 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 471/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias relativas al comercio exterior con terceros países, en lo que concierne a la actualización de la nomenclatura de países y territorios ( 1 ).

(2) El Reglamento (UE) n o 1106/2012 deroga el Reglamento (CE) n o 1833/2006 de la Comisión ( 2 ), incorporado al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XXI del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El punto 9d [Reglamento (CE) n o 1833/2006 de la Comisión] del anexo XXI del Acuerdo EEE se sustituye por el texto siguiente:

«32012 R 1106: Reglamento (UE) n o 1106/2012 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 471/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias relativas al comercio exterior con terceros países, en lo que concierne a la actualización de la nomenclatura de países y territorios (DO L 328 de 28.11.2012, p. 7).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 1106/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 4 de mayo de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2013.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Gianluca GRIPPA

_________

( 1 ) DO L 328 de 28.11.2012, p. 7.

( 2 ) DO L 354 de 14.12.2006, p. 19.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 03/05/2013
  • Fecha de publicación: 31/10/2013
  • Entrada en vigor: 4 de mayo de 2013, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XXI del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Espacio Económico Europeo
  • Estadística
  • Nomenclatura

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