Contido non dispoñible en galego
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 135/2012 de la Comisión, de 16 de febrero de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos, para introducir determinados residuos no clasificados en su anexo IIIB ( 1 ).
(2) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XX del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 32c [Reglamento (CE) n o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XX del Acuerdo EEE, se inserta el siguiente guion:
«— 32012 R 0135: Reglamento (UE) n o 135/2012 de la Comisión, de 16 de febrero de 2012 (DO L 46 de 17.2.2012, p. 30)».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n o 135/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 2 de febrero de 2013, siempre que se hayan comunicado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2013.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
____________
( 1 ) DO L 46 de 17.2.2012, p. 30.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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