Contido non dispoñible en galego
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 336,
Visto el Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los demás agentes de la Unión, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n o 259/68 del Consejo ( 1 ), y, en particular, el artículo 13, párrafo segundo, de su anexo X,
Considerando lo siguiente:
(1) Las estadísticas de que dispone la Comisión muestran que la variación del coste de la vida en determinados terceros países, calculada según el coeficiente corrector y el tipo de cambio correspondiente, ha superado el 5 % desde la última fijación de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones, pagadas en la moneda del país de destino, de los funcionarios, agentes temporales y agentes contractuales de la Unión Europea destinados en terceros países.
(2) De conformidad con el artículo 13, párrafo segundo, del anexo X del Estatuto, procede adaptar los coeficientes correctores mensualmente, con efecto a partir del 1 de agosto, 1 de septiembre, 1 de octubre, 1 de noviembre y 1 de diciembre de 2011 y del 1 de enero, 1 de febrero, 1 de marzo, 1 de abril, 1 de mayo y 1 de junio de 2012.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de los funcionarios, agentes temporales y agentes contractuales de la Unión Europea destinados en terceros países, pagadas en la moneda del país de destino, se adaptarán para los países indicados en el anexo. Este contiene once cuadros mensuales que precisan los países afectados y las sucesivas fechas de aplicabilidad para cada uno de ellos.
Los tipos de cambio utilizados para el cálculo de estas retribuciones se fijan con arreglo a las Normas de Desarrollo del Reglamento Financiero ( 2 ) y corresponden a las fechas correspondientes mencionadas en el párrafo primero.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 7 de mayo de 2013.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
________________________________
( 1 ) DO L 56 de 4.3.1968, p. 1.
( 2 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
ANEXO
Agosto de 2011
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica agosto de 2011
Tipo de cambio agosto de 2011 (*)
Coeficiente corrector agosto de 2011 (**)
Benín
639,0
655,957
97,4
Bielorrusia
3 838
7 116,11
53,9
Chad
756,5
655,957
115,3
Georgia
1,561
2,36590
66,0
India
44,31
62,8840
70,5
Kenia
83,54
129,752
64,4
Liberia
1,467
1,42600
102,9
Malaui
169,9
217,528
78,1
Mauricio
31,10
40,5968
76,6
Mozambique
30,25
38,5900
78,4
Nicaragua
16,76
32,1014
52,2
Siria
48,30
68,7600
70,2
Sri Lanka
111,7
157,915
70,7
Sudán
3,610
3,99934
90,3
Tanzania
1 277
2 238,61
57,0
Trinidad y Tobago
6,634
9,08750
73,0
Uruguay
23,84
26,4790
90,0
Venezuela
5,027
6,12417
82,1
Vietnam
14 308
29 354,2
48,7
________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Septiembre de 2011
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica septiembre de 2011
Tipo de cambio septiembre de 2011 (*)
Coeficiente corrector septiembre de 2011 (**)
Albania
81,44
140,420
58,0
Bielorrusia
4 171
7 268,69
57,4
____________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Octubre de 2011
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica octubre de 2011
Tipo de cambio octubre de 2011 (*)
Coeficiente corrector octubre de 2011 (**)
Bangladesh
55,17
101,524
54,3
Bielorrusia
4 735
7 491,43
63,2
Sierra Leona
6 007
5 998,80
100,1
Uganda
2 199
3 815,54
57,6
Yemen
228,2
291,089
78,4
___________________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Noviembre de 2011
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica noviembre de 2011
Tipo de cambio noviembre de 2011 (*)
Coeficiente corrector noviembre de 2011 (**)
Bielorrusia
5 108
11 830,0
43,2
Senegal
625,1
655,957
95,3
Togo
542,5
655,957
82,7
_________________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Diciembre de 2011
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica diciembre de 2011
Tipo de cambio diciembre de 2011 (*)
Coeficiente corrector diciembre de 2011 (**)
Antigua República Yugoslava de Macedonia
35,27
61,5050
57,3
Bielorrusia
5 507
11 670,0
47,2
Turquía
2,072
2,46920
83,9
____________________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Enero de 2012
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica enero de 2012
Tipo de cambio enero de 2012 (*)
Coeficiente corrector enero de 2012 (**)
Bielorrusia
5 834
10 930,0
53,4
Guinea
6 191
9 155,86
67,6
Kenia
88,45
109,362
80,9
__________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Febrero de 2012
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica febrero de 2012
Tipo de cambio febrero de 2012 (*)
Coeficiente corrector febrero de 2012 (**)
Cabo Verde
77,80
110,265
70,6
Eritrea
22,99
19,8798
115,6
Ghana
1,791
2,11115
84,8
Malaui
192,3
217,304
88,5
Siria
52,75
75,1350
70,2
Tailandia
32,29
40,9030
78,9
Venezuela
5,464
5,63029
97,0
________________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Marzo de 2012
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica marzo de 2012
Tipo de cambio marzo de 2012 (*)
Coeficiente corrector marzo de 2012 (**)
Liberia
1,557
1,34540
115,7
Sudán
3,824
3,77329
101,3
Tanzania
1 359
2 088,03
65,1
________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Abril de 2012
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica abril de 2012
Tipo de cambio abril de 2012 (*)
Coeficiente corrector abril de 2012 (**)
Marruecos
7,934
11,1375
71,2
Nigeria
200,4
205,899
97,3
Siria
56,30
79,3900
70,9
_______________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Mayo de 2012
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica mayo de 2012
Tipo de cambio mayo de 2012 (*)
Coeficiente corrector mayo de 2012 (**)
República Centroafricana
707,5
655,957
107,9
Sri Lanka
117,5
173,829
67,6
Sudán
4,082
3,71019
110,0
Uganda
2 317
3 317,44
69,8
_____________________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
Junio de 2012
LUGAR DE DESTINO
Paridad económica junio de 2012
Tipo de cambio junio de 2012 (*)
Coeficiente corrector junio de 2012 (**)
Angola
158,2
120,712
131,1
Argelia
75,30
100,391
75,0
Etiopía
20,54
22,2818
92,2
Ghana
1,894
2,32615
81,4
India
46,58
69,9420
66,6
Mali
669,2
655,957
102,0
Sierra Leona
6 350
5 403,82
117,5
Zambia
6 442
6 625,66
97,2
____________________
(*) 1 EUR = x unidades de la moneda nacional, excepto USD para: Cuba, El Salvador, Ecuador, Liberia, Panamá, República Democrática del Congo y Timor Oriental.
(**) Bruselas = 100.
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