EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Autoridad ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),
— Vistas su Decisión, de 10 de mayo de 2012 ( 2 ), sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2010, la correspondiente Resolución y las respuestas de la Directora Ejecutiva de la Autoridad,
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 3 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ), por el que se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, y, en particular, su artículo 44,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos la declaración conjunta sobre las agencias descentralizadas y el enfoque común anexo a esta, adoptados en junio de 2012 por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión y emanados de la actividad del Grupo de trabajo interinstitucional sobre las agencias descentralizadas creado en marzo de 2009 y, en particular, las secciones sobre gobernanza, funcionamiento, programación, responsabilidad y transparencia del enfoque común,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0299/2012),
1. Aprueba el cierre de las cuentas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2010;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión a la Directora Ejecutiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente Martin SCHULZ
El Secretario General Klaus WELLE
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( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 106.
( 2 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 367.
( 3 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 4 ) DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
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