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Documento DOUE-L-2012-82511

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 163/2012, de 28 de septiembre de 2012, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 341, de 13 de diciembre de 2012, páginas 14 a 14 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-82511

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE») y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 109/2012 de la Comisión, de 9 de febrero de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) en lo que respecta a su anexo XVII ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 125/2012 de la Comisión, de 14 de febrero de 2012, por el que se modifica el anexo XIV del Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) ( 2 ).

(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el capítulo XV del anexo II, en el punto 12zc [Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añaden los siguientes guiones:

«— 32012 R 0109: Reglamento (UE) n o 109/2012 de la Comisión, de 9 de febrero de 2012 (DO L 37 de 10.2.2012, p. 1).

— 32012 R 0125: Reglamento (UE) n o 125/2012 de la Comisión, de 14 de febrero de 2012 (DO L 41 de 15.2.2012, p. 1).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (UE) n o 109/2012 y (UE) n o 125/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Atle LEIKVOLL

______________________

( 1 ) DO L 37 de 10.2.2012, p. 1.

( 2 ) DO L 41 de 15.2.2012, p. 1.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 28/09/2012
  • Fecha de publicación: 13/12/2012
  • Entrada en vigor: 1 de noviembre de 2012, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos químicos

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