EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Medio Ambiente relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CEE) n o 1210/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la Red Europea de Información y de Observación sobre el Medio Ambiente ( 3 ), y, en particular, su artículo 13,
— Visto el Reglamento (CE) n o 401/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativo a la Agencia Europea de Medio Ambiente y a la Red Europea de Información y de Observación sobre el Medio Ambiente ( 4 ), y, en particular, su artículo 13,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento, — Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0105/2012),
_____________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 57.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 120 de 11.5.1990, p. 1.
( 4 ) DO L 126 de 21.5.2009, p. 13.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
1. Aplaza su decisión relativa a la aprobación de la gestión de la Directora Ejecutiva de la Agencia Europea de Medio Ambiente en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2010;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma a la Directora Ejecutiva de la Agencia Europea de Medio Ambiente, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 10 de mayo de 2012
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Medio Ambiente para el ejercicio 2010
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Medio Ambiente relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CEE) n o 1210/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la Red Europea de Información y de Observación sobre el Medio Ambiente ( 3 ), y, en particular, su artículo 13,
— Visto el Reglamento (CE) n o 401/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativo a la Agencia Europea de Medio Ambiente y a la Red Europea de Información y de Observación sobre el Medio Ambiente ( 4 ), y, en particular, su artículo 13,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0105/2012),
_______________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 57.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 120 de 11.5.1990, p. 1.
( 4 ) DO L 126 de 21.5.2009, p. 13.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 6 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 155.
A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;
B. Considerando que, el 10 de mayo de 2011, el Parlamento aprobó la gestión de la Directora Ejecutiva de la Agencia Europea de Medio Ambiente por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2009 ( 6 ), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:
— anima a la Agencia a que prosiga sus esfuerzos para seguir desarrollando sus métodos de comunicación con el fin de atraer una cobertura mediática más amplia para sus conclusiones, ya que medidas de esta clase pueden dar como resultado unos modos de funcionamiento más transparentes y un mayor interés de la opinión pública por la actividad de la Agencia,
— expresa su preocupación por la práctica de la Agencia de hacer transferencias para incrementar una línea presupuestaria con el fin de pagar el alquiler de los locales de la Agencia correspondiente al primer trimestre de 2010 y cargarlo al presupuesto de 2009, ya que esta práctica está reñida con el principio de anualidad,
— pide a la Agencia que subsane sus deficiencias en los procedimientos de contratación, que comprometen la transparencia de los mismos;
C. Considerando que el presupuesto de la Agencia para el año 2010 ascendió a 50 600 000 EUR, importe superior en un 26 % al de 2009; que la contribución de la Unión al presupuesto de la Agencia para 2010 fue de 35 258 000 EUR, frente a 34 560 000 EUR en 2009 ( 1 ), lo que representa un incremento del 2 %;
1. Aplaza la aprobación de la gestión de la Agencia y espera respuestas y medidas sustanciales en relación con las observaciones críticas y las solicitudes realizadas; Gestión presupuestaria y financiera
2. Observa que los niveles de ejecución presupuestaria de la Agencia en cuanto a créditos de compromiso y créditos de pago se situaron, respectivamente, en el 100 % y el 90,75 %;
3. Comprueba, sobre la base de las cuentas definitivas de la Agencia, que para el ejercicio 2010 el total de pagos de la Agencia fue de 38 898 533,88 EUR;
4. Observa que, durante cinco meses, del 22 de mayo a octubre de 2010, la Agencia recubrió de verde la fachada de su edificio, lo que supuso un coste de 294 641 EUR, y que el contrato fue ejecutado por las empresas Ramboll, como contratista, y Green Fortune; manifiesta su sorpresa por que no se ha realizado una licitación pública; pide a la Directora de la Agencia que facilite datos sobre la elección de las empresas contratistas; toma nota de que, según afirmó la Directora de la Agencia en su carta de 11 de abril de 2012, los costes se cubrieron con cargo a las líneas presupuestarias 2 1 4 0 (Instalaciones y equipo técnico), 180 872 EUR, y 3 3 2 3 (Comunicaciones), 113 769 EUR; destaca que los créditos de compromiso con cargo a la línea presupuestaria 2 1 4 0 se incrementaron de 85 000 a 271 049 EUR, en contra de la opinión del responsable de la administración de la Agencia; toma nota asimismo de que, desde mayo de 2010, el responsable de la administración está de baja por enfermedad y de que, desde entonces, dicho puesto lo ocupa un responsable temporal; deduce, de la carta de 30 de abril de 2012 de la Directora, que la línea presupuestaria 2 1 4 0 se ha reforzado mediante una transferencia de 180 872 EUR desde la línea 2 1 0 0 (Arrendamientos); recuerda que, en diciembre de 2009, la Agencia pagó el arrendamiento del primer trimestre de 2010, evitando de este modo reducir el importe que debía reembolsar a la Comisión; pide, por lo tanto, a la Agencia que explique a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria por qué ha tomado 180 872 EUR de la línea «Arrendamientos», cuando, por contrato, la renta es un importe fijo, y que facilite información y pruebas por escrito sobre los procedimientos relativos a las transferencias presupuestarias; espera que, para finales de agosto de 2012, la Agencia ejecute todas las medidas requeridas;
5. Observa que, en diciembre de 2011, la Agencia adjudicó un contrato marco de servicio para la prestación de servicios de control de los medios de comunicación por 48 meses, por un total de 250 000 EUR, importe muy superior al del coste de servicios similares en años anteriores; observa que, con arreglo a dicho contrato, la Agencia desembolsará una media de 62 500 EUR al año para el control de los medios de comunicación y considera que estos costes son excesivos y contrarios al principio de uso eficiente del dinero de los contribuyentes; Créditos prorrogados
6. Toma nota, sobre la base de las cuentas definitivas de la Agencia, de que un importe de 12 809 551,05 EUR de los créditos de 2010 se ha prorrogado a 2011; toma conocimiento de que más de 8 941 279 EUR del importe total prorrogado son ingresos afectados externos que son plurianuales y, por lo tanto, no están sujetos al principio de anualidad;
___________________
( 1 ) DO L 64 de 12.3.2010, p. 677.
7. Observa, sobre la base de las cuentas definitivas de la Agencia, que la anulación de créditos de pago prorrogados del ejercicio anterior no utilizados se eleva a 585 282,87 EUR; deduce de la información facilitada por la Agencia que este importe es inferior al importe anulado en 2009, a saber, 693 127,02 EUR; observa, por consiguiente, que un porcentaje de anulación de tan solo el 1,5 % refleja una mejor anticipación de las necesidades financieras;
8. Lamenta que el Tribunal de Cuentas no haya considerado el volumen de créditos de la Agencia prorrogados y anulados suficientemente importante para mencionarlo en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia para el ejercicio 2010; Procedimientos de contratación pública
9. Toma nota de la declaración de la Agencia de que, en octubre de 2011, el Tribunal de Cuentas llevó a cabo una auditoría sobre los procedimientos de contratación pública relativos a los servicios de comedor, limpieza, seguridad y mobiliario; insta a la Agencia a que, para finales de septiembre de 2012, facilite a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria los resultados de dicha auditoría, así como las respuestas y las medidas adoptadas;
10. Pide al Servicio de Auditoría Interna (SAI) que lleve a cabo una auditoría de los contratos celebrados por la Agencia en lo que respecta a los servicios de comedor, limpieza, seguridad y mobiliario, con el fin de esclarecer si en las fases de preparación, publicación y evaluación de las licitaciones y de gestión de los contratos se han respetado los dos principios siguientes, a saber, la máxima competencia y la oferta económicamente más ventajosa, y que informe oportunamente a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre sus conclusiones; Recursos humanos
11. Señala que la Agencia ha revisado sus procedimientos de contratación en consonancia con las observaciones formuladas por la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria y por el Tribunal de Cuentas, con el fin de subsanar las deficiencias en relación con los anuncios de puestos vacantes, la documentación de las decisiones de los tribunales de los concursos, los niveles mínimos para la admisión a las entrevistas y las actas de las entrevistas;
12. Reconoce asimismo, sobre la base de su plan de gestión anual, que la Agencia ha aplicado la «política de personal de la AEMA» que sirve de base para el desarrollo de los recursos humanos;
13. Constata que, en 2010, se contrató a 7 candidatos internos y a 40 candidatos externos; toma conocimiento del desglose por categorías de los candidatos internos, a saber, 1 funcionario, 5 agentes temporales y 1 agente contractual, así como del desglose por categorías del personal externo, a saber, 1 funcionario, 13 agentes temporales, 29 agentes contractuales y 4 expertos nacionales; toma nota de que, durante los cinco últimos años, la Agencia acogió a 12 científicos invitados que trabajaron en sus instalaciones; pide a la Agencia que, con objeto de reforzar la transparencia, complete la publicación de los currículum vítae de los científicos invitados, incluyendo al menos su formación y su experiencia profesional anterior;
Estrategia de la Agencia para 2009-2013
14. Celebra el hecho de que tanto el personal como las actividades de gestión, los procedimientos de control de calidad, los productos y servicios, así como los servicios administrativos e inmobiliarios de la Agencia se hayan reagrupado en el ámbito estratégico de la «Estrategia de la Agencia para 2009-2013»;
15. Pide a la Agencia que establezca un vínculo más explícito entre las medidas, los recursos y los resultados;
Conflicto de intereses
16. Señala que, desde junio de 2010 hasta abril de 2011, la Directora Ejecutiva de la Agencia fue administradora y miembro del Consejo Consultivo Internacional de Earthwatch, una organización internacional de defensa del medio ambiente que promueve la participación de personas en la investigación científica sobre el terreno y la educación, y, al parecer, miembro del Consejo Consultivo Europeo de Worldwatch Europe; observa que, de conformidad con su propia declaración, la Directora Ejecutiva abandonó los cargos que desempeñaba en Earthwatch en abril de 2011 siguiendo el consejo del Presidente del Tribunal de Cuentas en relación con un posible conflicto de intereses;
17. Expresa su honda preocupación por el hecho de que, en 2010, la Directora Ejecutiva estuviera directamente implicada en Earthwatch, que 29 miembros del personal de la Agencia, incluida la Directora Ejecutiva, efectuaran misiones de estudio de hasta 10 días relacionadas con distintos proyectos sobre biodiversidad dirigidos por Earthwatch en el Caribe o el Mediterráneo y que, según la Directora Ejecutiva de la Agencia, la Agencia pagara a la ONG 33 791,28 EUR en total;
18. Reconoce que la formación especial del personal forma parte del desarrollo profesional y toma nota del importe total pagado por dicha formación;
19. Manifiesta su sorpresa por que el Worldwatch Institute Europe, fundado el 5 de noviembre de 2010, indicó como domicilio el de la Agencia y utilizó los locales de esta como suyos propios sin pagar arrendamiento alguno a la Agencia, es decir, que utilizó locales pagados por el presupuesto de la UE; lamenta que la carta de 30 de abril de 2012 de la Directora se refiera únicamente al Worldwatch Institute con sede en los Estados Unidos y no al Worldwatch Institute Europe, que utilizó los locales de la Agencia sin pagar arrendamiento alguno; toma nota, además, de que el Director Ejecutivo del Worldwatch Institute Europe era un científico invitado de la Agencia; insta a la Agencia a que, para finales de agosto de 2012, facilite a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria detalles concretos y pruebas documentales con relación a esta cuestión, incluidas la persona de la Agencia que dio la autorización y la fecha concreta en que el Worldwatch Institute Europe dejó de utilizar los locales de la Agencia, y a si los trabajos realizados por los científicos invitados de la Agencia se publicaron en nombre del Worldwatch Institute Europe o de la Agencia;
20. Aboga por la cooperación entre la Agencia y las ONG que trabajan en el ámbito del medio ambiente, al igual que en el caso de otras agencias especializadas, pero recuerda que incluso la mera apariencia de conflicto de intereses socava la confianza en las instituciones y suscita la preocupación de los contribuyentes;
21. Pide a la Agencia que, en un esfuerzo por promover una mayor transparencia en lo relativo a la prevención y la lucha contra los conflictos de intereses, adopte inmediatamente un plan de acción que prevea la publicación en su sitio web de las declaraciones de intereses y, cuando estas no estén disponibles, de los currículum vítae (que incluyan al menos la formación y la experiencia profesional anterior), del personal directivo, los miembros del Comité científico, los expertos y los miembros del consejo de administración antes del 30 de junio de 2012; opina que estas medidas permitirían a la autoridad responsable de aprobar la gestión y a la opinión pública comprobar las cualificaciones y evitar posibles conflictos de intereses; Rendimiento
22. Toma nota de la iniciativa de la Agencia de presentar regularmente una evaluación externa independiente sobre la base de su Reglamento de creación [ (CEE) n o 1210/90] y los programas de trabajo aprobados por su consejo de administración; señala, en particular, que la próxima evaluación se llevará a cabo en 2012 y se centrará en la eficiencia y eficacia de la aplicación de su estrategia de empresa;
23. Toma nota de la iniciativa de la Agencia de evaluar sus resultados mediante el sistema de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) y unos sistemas de auditoría interna basados en cuatro perspectivas interrelacionadas, a saber, finanzas, clientes, actividades, y aprendizaje y desarrollo;
24. Reconoce, sobre la base de las observaciones contenidas en el plan de gestión anual de la Agencia, los esfuerzos de esta con diversos organismos internacionales y de la Unión, Eionet y el Comité científico, para establecer una estructura en red que le permita mantener vínculos con el mundo de la investigación y de la ciencia, y difundir y utilizar los resultados de las actividades de investigación, en particular información y datos, a escala europea y nacional de una manera más sistemática;
25. Toma nota, por otra parte, de que tras la solicitud de la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de 2009, la Agencia se ha esforzado, en 2011, por alcanzar un público más amplio y ha puesto en marcha proyectos piloto que utilizan los medios sociales como medio de comunicación dirigido a la opinión pública;
26. Pide a la Agencia que informe pormenorizadamente a la Autoridad Presupuestaria, en particular la autoridad de control presupuestario, acerca de:
— las fuentes utilizadas por la Agencia para elaborar sus informes, documentos y otras publicaciones conexas,
— el número de informes, y otros productos, presentados en 2010,
— las pruebas del posible valor añadido que aportan los informes de la Agencia en comparación con los informes de otros organismos sobre cuestiones medioambientales,
— el procedimiento seguido — en su caso— para la verificación de los datos enviados por los Estados miembros, la periodicidad de dicha verificación y el modo en que la Agencia utiliza los datos facilitados por los Estados miembros;
27. Se congratula de que, en 2010, la Agencia pusiera mayor énfasis en la biodiversidad, la Vigilancia Mundial del Medio Ambiente y la Seguridad (GMES), la Plataforma de Vigilancia de la Tierra y el informe sobre el Estado del Medio Ambiente (SOER) 2010;
28. Anima a la Agencia a perseverar y seguir desarrollando sus métodos de comunicación con el fin de atraer una mayor cobertura mediática para sus conclusiones y alimentar así el debate público y ampliar el enfoque de la información medioambiental disponible para el público sobre importantes cuestiones medioambientales, tales como el cambio climático, la biodiversidad y la gestión de los recursos naturales; Auditoría interna
29. Reconoce que, en 2010, el SAI concluyó una auditoría del sistema de planificación de la gestión y la supervisión de las actividades, cuyo objetivo consistía en evaluar y ofrecer garantías en cuanto a la adecuación de la planificación y la supervisión de las actividades de la Agencia; señala, en particular, que el SAI formuló ocho recomendaciones, de las cuales seis se calificaban de «importantes» y dos de «deseables»;
30. Pide en este contexto a la Agencia que:
— establezca orientaciones para unos indicadores objetivos y mensurables de la planificación de los proyectos y la supervisión de los resultados,
— asigne costes a los proyectos,
— promueva una gestión más eficaz de los proyectos y procedimientos de control y verificación de los nuevos datos registrados en el sistema de planificación de la gestión;
31. Pide asimismo a la Agencia que adopte sin demora medidas destinadas a paliar las deficiencias detectadas por el SAI en sus anteriores auditorías sobre calidad de la gestión y gestión de las subvenciones con objeto de:
— elaborar y utilizar listas de control AC/CC para el informe sobre el inventario de los gases de efecto invernadero,
— planificar, describir y documentar los controles de calidad pertinentes,
— garantizar la supervisión de los controles de calidad,
— anticipar las cuestiones relativas a la continuidad de las actividades,
— efectuar controles y verificaciones de las subvenciones in situ,
— supervisar y realizar un seguimiento de la ejecución de las subvenciones;
32. Llama la atención sobre sus recomendaciones formuladas en anteriores informes de aprobación de la gestión, que se recogen en el anexo de la presente Resolución;
33. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.
___________________
( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2012)0164 (Véase la página388 del presente Diario Oficial).
ANEXO
RECOMENDACIONES REALIZADAS POR EL PARLAMENTO EUROPEO EN EJERCICIOS ANTERIORES
Agencia Europea de Medio
Ambiente 2006 2007 2008 2009
Rendimiento s.o. s.o.
— Pide a la Agencia que presente un análisis diacrónico de las operaciones realizadas en el presente ejercicio y en los ejercicios anteriores
— Pide a la Agencia que siga entregando cada cinco años una evaluación externa independiente sobre la base de su Reglamento de creación y los programas de trabajo aprobados por su consejo de administración
— Tendencias positivas: la Agencia ha establecido un sistema de gestión bien desarrollado basado en actividades, un programa de trabajo plurianual, un cuadro de mando integral con indicadores y un sistema de control de gestión integrado
— Pide a la Agencia que elabore una comparación entre las operaciones realizadas durante el ejercicio para el que se concede la aprobación de la gestión y durante el ejercicio anterior
— Pide a la Agencia que aborde con prioridad estos cuatro ámbitos e impulse más activamente su desarrollo
— Anima a la Agencia a proseguir sus esfuerzos para seguir desarrollando sus métodos de comunicación con el fin de atraer una cobertura mediática más amplia para sus conclusiones, ya que medidas de esta índole pueden dar como resultado unos modos de funcionamiento más transparentes y un mayor interés de la opinión pública por la actividad de la Agencia
— Pide al Tribunal de Cuentas que efectúe auditorías de rendimiento de la Agencia Gestión presupuestaria y financiera
No se ha aplicado estrictamente el principio presupuestario de anualidad: ha sido necesario
prorrogar más del 30 % de los créditos de compromiso y el 50 % de los gastos operativos
— Deficiencias en los procedimientos de licitación:
adjudicación directa de servicios cuando no se cumplían las disposiciones del Reglamento financiero y adjudicación de un contrato específico de servicios que no se ajustaba a las condiciones fijadas en el contrato marco
— Deficiencias en la gestión de los convenios de subvención
(Centros Temáticos Europeos)
s.o.
— Alienta a la Agencia a reforzar el vínculo entre el presupuesto y el programa de trabajo
— Expresa su preocupación por la práctica de la Agencia de hacer transferencias para incrementar una línea presupuestaria con el fin de pagar el alquiler de los locales de la Agencia correspondiente al primer trimestre de 2010 y cargarlo al presupuesto de 2009, ya que esta práctica está reñida con el principio de anualidad
— Pide a la Agencia que mejore la precisión de las informaciones facilitadas por los servicios operativos sobre el cálculo de los gastos operativos acumulados
Recursos humanos
s.o.
Deficiencias en los procedimientos de contratación: se decidió que debía proseguir la evaluación de candidatos que no satisfacían los requisitos de selección y no se documentaron los criterios para designar a los mejores candidatos que debían ser convocados a la entrevista
s.o.
— Pide a la Agencia que subsane las deficiencias en los procedimientos de contratación, que
comprometen la transparencia de los mismos
— El Tribunal de Cuentas señala las siguientes deficiencias: los anuncios de puestos vacantes no especifican el número máximo de candidatos que pueden incluirse en las listas de reserva; las preguntas utilizadas durante las pruebas escritas y las entrevistas no están decididas con anterioridad al examen de las solicitudes, las decisiones de los tribunales de los concursos no se documentan suficientemente, las actas no están completas y los niveles mínimos para admisión a la entrevista o la inclusión en la lista de reserva no están fijados de antemano
Auditoría interna
Vulnerando el principio de separación de funciones, el mismo ordenador, por subdelegación, no
solo llevó a cabo controles ex ante,sino que gestionó también derechos de acceso al sistema
informático con fines de contabilidad presupuestaria
s.o.
Pide a la Agencia que aplique 17 de las 27 recomendaciones formuladas por el Servicio de Auditoría Interna: por ejemplo, mediante el establecimiento de circuitos financieros, el fomento de controles y verificaciones de las subvenciones realizados in situ y la supervisión y el seguimiento de la ejecución de la subvención, así como la aplicación de normas de control interno
Reconoce que tres recomendaciones del seguimiento por el SAI de recomendaciones de auditoría anteriores siguen pendientes de aplicación, y que estas se refieren principalmente a puestos sensibles, a controles y verificaciones de las subvenciones realizados in situ y al establecimiento de circuitos financieros, y que son consideradas como «muy importantes»
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