EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria Europea relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria
Europea relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 881/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,
por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea ( 3 ), y, en particular, su artículo 39,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Transportes
y Turismo (A7-0118/2012),
1. Aprueba la gestión del Director Ejecutivo de la Agencia Ferroviaria Europea en la ejecución del presupuesto
de la Agencia para el ejercicio 2010;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de
la misma al Director de la Agencia Ferroviaria Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de
Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
__________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 100.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 164 de 30.4.2004, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 10 de mayo de 2012
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la
gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Ferroviaria Europea para el ejercicio 2010
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria Europea relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria
Europea relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 881/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,
por el que se crea una Agencia Ferroviaria Europea ( 3 ), y, en particular, su artículo 39,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Transportes
y Turismo (A7-0118/2012),
A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las
cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones subyacentes son
legales y regulares;
B. Considerando que, el 10 de mayo de 2011, el Parlamento aprobó la gestión del Director Ejecutivo de la
Agencia Ferroviaria Europea por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el
ejercicio 2009 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento,
en particular:
— solicitaba a la Agencia que abordase el problema de los créditos prorrogados de un ejercicio a otro;
consideraba que la prórroga del 41 % del título II vulnera gravemente el principio de anualidad,
— señalaba que el Tribunal de Cuentas puso de relieve anulaciones y demoras en los procedimientos de
adjudicación de contratos públicos, retrasos recurrentes en la ejecución de los pagos e importantes
modificaciones en el programa de trabajo anual durante el ejercicio,
_______________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 100.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 164 de 30.4.2004, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 5 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 191.
— instaba a la Agencia a establecer un procedimiento consolidado de contratación que fuese utilizado
como manual por todo el personal que intervenga en nuevas contrataciones;
C. Considerando que el presupuesto total de la Agencia para el ejercicio 2010 ascendía a 24 147 240 EUR,
lo que supone un incremento del 14,9 % con respecto al ejercicio 2009; considerando que la aportación
de la Unión Europea al presupuesto de la Agencia para 2010 fue de 23 260 000 EUR, frente a
16 060 000 EUR en 2009, lo que supone un incremento del 44,83 %;
Gestión presupuestaria y financiera
1. Recuerda que la contribución inicial de la Unión al presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2010
ascendía a 23 260 000 EUR; señala, no obstante, que a este importe se añadieron 214 000 EUR,
procedentes de la recuperación del saldo excedente, por lo que el importe total de la contribución
total de la Unión para el ejercicio 2010 asciende a 23 474 000 EUR;
2. Observa que, según el Informe anual de actividades de la Agencia, el 99 % de los créditos eran de
compromiso y el 77 % se destinaron a pagos; señala, en particular que:
— en lo que al título I se refiere, el importe total de los créditos de compromiso ascendió a
14 507 149 EUR, de los que el 99 % se destinó a la ejecución de pagos, mientras que el 77 %
de los créditos prorrogados al ejercicio 2010 se destinaron para este fin,
— en lo que al título II se refiere, se comprometió casi el 100 % de los créditos y el 62 % se destinó a
la ejecución de pagos y el 92 % de los créditos prorrogados al ejercicio 2010 se utilizaron para este
fin,
— en lo que al título III se refiere, se comprometió casi el 100 % de los créditos, de los que el 62 % se
destinó a la ejecución de pagos y el 95 % de los créditos prorrogados al ejercicio 2010 se utilizaron
para este fin;
se congratula de que la Agencia facilite información sobre la utilización de los créditos prorrogados del
ejercicio 2009 al de 2010;
3. Considera muy importante que, en una situación de crisis financiera, se ajusten al máximo los recursos
presupuestarios, y pide a la Comisión y a la Agencia que evalúen y determinen los recursos presupuestarios
reales que necesita la Agencia para poder ejecutar todas las tareas que tiene encomendadas;
Transferencias
4. Reconoce que, según el Informe de la Agencia sobre la gestión presupuestaria y financiera, en diciembre
de 2009 la Agencia observó que las previsiones con respecto al capítulo 11 (gastos de personal) eran
incorrectas en relación con el presupuesto 2010, ya que el título I se subestimó en 1 500 000 EUR,
aproximadamente; indica que, sobre la base de las informaciones proporcionadas por la Agencia, esta
situación se debió a los factores siguientes:
— errores sistemáticos de cálculo de las previsiones de los gastos de personal, ya que el cálculo de estas
previsiones se basaba en las tablas salariales básicas correspondientes a 2007, por lo que faltaban
tres reevaluaciones anuales,
— el incremento del número de agentes contractuales resultado del recorte del número de puestos
permanentes solicitado por la Agencia;
5. Toma nota de la decisión de la Agencia de transferir el importe de 500 000 EUR del título II al título I
y el importe de 500 000 EUR del título III al título I; señala que, según la Agencia, la decisión ha sido
aprobada por el consejo de administración y por la Comisión;
6. Toma nota, asimismo, de que, para colmar el saldo restante, la Agencia adoptó medidas adicionales de
reducción del gasto en el marco del título I; señala que, según la Agencia, estas medidas generaron un
ahorro adicionar inferior a los 300 000 EUR; observa que este importe ha sido restituido al título II;
7. Lamenta que los errores en las previsiones presupuestarias hayan provocado la anulación o el retraso de
algunas inversiones; insta a la Agencia a que informe con carácter inmediato a la autoridad encargada
de la aprobación de la gestión de las medidas adoptadas para mejorar las previsiones de gastos;
8. Expresa su preocupación por que la situación no haya sido mencionada por el Tribunal de Cuentas en
su Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia relativo al ejercicio 2010; pide al Tribunal de
Cuentas que explique esta omisión a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión;
Prórrogas de créditos
9. Reconoce que, según el Tribunal de Cuentas, los créditos prorrogados a 2011 ascendían a un total de
5 500 000 EUR, de los cuales 4 300 000 (el 78 %) se refieren a bienes y servicios que deberían haberse
prestado en 2011;
10. Recuerda que en los ejercicios 2008 y 2009 la Agencia ya había prorrogado créditos considerables al
ejercicio presupuestario siguiente; considera que en el futuro no se podrán tolerar este tipo de vulneraciones
serias del principio de anualidad y que habría que denegar la aprobación de la gestión en la
próxima ocasión en caso de una nueva vulneración de dicho principio; pide a la Agencia que adopte sin
demora las medidas oportunas para corregir esta situación;
11. Considera que la Agencia no ha abordado adecuadamente el problema de los créditos prorrogados de
un ejercicio a otro; recuerda la importancia del principio presupuestario de anualidad; pide a la Agencia
que informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión sobre las medidas adoptadas para
mejorar la ejecución presupuestaria anual y reducir las prórrogas de créditos presupuestarios;
12. Toma nota, no obstante, de la respuesta de la Agencia, que señala que está analizando la posibilidad de
celebrar contratos marco en relación con estudios más rápidamente tras la adopción del presupuesto;
expone, asimismo, que la Agencia se comprometió, con respecto a los ejercicios 2011 y 2012, a revisar
sus previsiones presupuestarias con el fin de adaptarlas mejor a sus necesidades reales y de optimizar la
utilización de sus recursos presupuestarios.
13. Solicita a la Agencia que informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión tan pronto
como esté disponible el informe que debe adjuntarse al presupuesto cada ejercicio relativo a los créditos
no utilizados prorrogados de ejercicios anteriores; recuerda a la Agencia que en el procedimiento de
aprobación de la gestión anterior ya había presentado esta solicitud;
Contratación pública
14. Toma nota de que en el programa de trabajo anual, la Agencia, para facilitar una planificación anual de
los procedimientos de adjudicación de contratos públicos, introducirá el contrato ABAC en apoyo de la
gestión descentralizada de los contratos;
15. Observa que, según el Informe anual de la Agencia, en 2010 se iniciaron 21 procedimientos de
adjudicación de contratos públicos (negociados y abiertos) y que en 2010 se celebraron 12;
Sistema contable
16. Observa que, según el informe anual de la Agencia, esta actualizó su manual relativo a los procedimientos
financieros de conformidad con los módulos ABAC Workflow y ABAC Assets;
17. Se congratula de que desde el 1 de septiembre de 2010 la Agencia aplique un sistema centralizado de
registro de las facturas recibidas; hace hincapié en que esta medida es necesaria para garantizar el
registro puntual de todas las facturas y contribuye a evitar demoras en la tramitación de los pagos;
Recursos humanos
18. Toma nota de que, según el Informe de la Agencia sobre la gestión presupuestaria y financiera, el 31 de
diciembre de 2010 la Agencia tenía contratados a 133 agentes temporales y a 9 agentes contractuales;
toma nota, asimismo, de que los procedimientos de contratación de personal siguen en curso para
contar con los 139 agentes temporales previstos en la plantilla del personal y, posteriormente, con los
144 agentes contractuales previstos para 2011;
19. Toma nota de que, sobre la base del informe señalado anteriormente, la Agencia contaba con 6
expertos nacionales en comisión de servicios en 2010;
20. Reconoce que, según la Agencia, esta ha elaborado un manual consolidado sobre las distintas normas,
instrucciones y directrices que rigen la contratación de personal; pone de relieve que son importantes
unos procedimientos y una gestión de la contratación individual que no comprometan el principio de
igualdad de trato de los candidatos;
Prestaciones
Programa anual de trabajo y planificación estratégica
21. Solicita a la Agencia que en su programa anual de trabajo incluya información más clara sobre la
dotación presupuestaria global reservada para los contratos públicos y el número indicativo y el tipo de
contratos previstos; señala que así se indica en el artículo 60, apartado 3, del Reglamento financiero de
la Agencia, en el que se señala que «el programa de trabajo de la Agencia será equivalente a una
decisión de financiación para las actividades recogidas en el mismo, siempre y cuando tales actividades
estén claramente definidas y los criterios estén exactamente regulados»;
22. Insta a la Agencia, por otra parte, a que elabore un plan plurianual que transforme los objetivos a largo
plazo en labores plurianuales y en indicadores clave de resultados relacionados; pone de relieve que así
se podría mejorar la comunicación a las partes interesadas sobre los objetivos y actividades, las
prioridades estratégicas y la asignación de recursos;
23. Señala que, según el Informe anual, en 2010 se revisaron la planificación comercial y la estructura
presupuestaria para introducir una planificación por actividades a partir de 2012;
Dos lugares de trabajo
24. Considera que tener dos lugares de trabajo (Lille y Valenciennes) para desarrollar sus actividades expone
a la Agencia a costes adicionales; señala, asimismo, que esta observación viene haciéndose desde 2006 y
que el Consejo no ha adoptado medida alguna para modificar la Decisión 2004/97/CE, Euratom ( 1 ), por
la que se obliga a la Agencia a tener dos sedes;
Auditoría interna
25. Admite que, según la Agencia, el Servicio de Auditoría Interna realizó en 2010 una auditoría sobre el
procedimiento de planificación y el presupuestario para dar garantías suficientes en lo que respecta al
sistema de control interno de la Agencia en relación con estos dos procedimientos; observa que las
recomendaciones del Servicio de Auditoría Interna se refieren a la planificación estratégica, la coherencia
y la exactitud del proyecto de previsiones de gastos e ingresos, el programa anual de trabajo en su
calidad de decisión financiera y la estrategia informática a medio plazo; pide, por consiguiente, a la
Agencia que adopte las medidas que se impongan para cumplir estas recomendaciones del Servicio de
Auditoría Interna;
26. Pide a la Agencia que aplique las recomendaciones del Servicio de Auditoría Interna relativas a la
auditoría sobre gestión de recursos humanos realizada por dicho Servicio en 2009; observa que la
aplicación de tres de estas recomendaciones (relativas a la gestión de los recursos humanos en la
planificación anual, el cumplimiento de las normas y principios de transparencia en la evaluación
del personal, y la información sobre una excepción en relación con el Estatuto de los funcionarios)
tiene un retraso que oscila entre los 6 y los 12 meses, o más; pide a la Agencia que informe a la
autoridad responsable de la aprobación de la gestión sobre los progresos realizados en la aplicación de
las recomendaciones restantes;
_____________________
( 1 ) Decisión 2004/97/CE, Euratom adoptada de común acuerdo por los Representantes de los Estados miembros,
reunidos a escala de Jefes de Estado o de Gobierno, de 13 de diciembre de 2003, relativa a la fijación de las sedes
de determinadas oficinas y agencias de la Unión Europea (DO L 29 de 3.2.2004, p. 15). Véase el artículo 1, letra f).
27. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Agencia de crear, para finales de 2007, una estructura de
auditoría interna dedicada a ofrecer asistencia y asesoramiento a su Director Ejecutivo y a su administración
en materia de control interno, evaluación de riesgos y auditoría interna;
28. Se refiere a las recomendaciones recogidas en los informes anteriores sobre la aprobación de la gestión,
recogidos en el anexo a la presente Resolución;
29. Señala a la atención de la Agencia la Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011,
sobre la aprobación de la gestión 2009: rendimiento, gestión financiera y control de las agencias de la
UE ( 1 ) y le pide que se atenga a la misma;
30. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a su Decisión
de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 2 ) sobre el rendimiento, la
gestión financiera y el control de las agencias.
_____________________
( 1 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 269.
( 2 ) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (véase la página 388 del presente Diario Oficial).
ANEXO
RECOMENDACIONES DEL PARLAMENTO EUROPEO EN LOS ÚLTIMOS EJERCICIOS
Agencia Ferroviaria Europea 2006 2007 2008 2009
Prestaciones La Agencia desarrolla sus labores
en dos lugares, lo que la expone a
costes adicionales: la Agencia
todavía no ha encontrado la forma
de compensar los costes resultados
de su obligación de tener su sede
en dos ciudades
— El principio de buena gestión
financiera no se cumplió con
rigor: las previsiones de
liquidez de la Agencia no se
prepararon adecuadamente.
— La Agencia desarrolla sus
labores en dos lugares, lo que
la expone a costes adicionales
(puestos directos:
450 000 EUR)
— Solicita a la Agencia que presente un análisis
diacrónico de las operaciones realizadas en el
presente ejercicio y en ejercicios anteriores
— Pide a la Agencia que fije objetivos SMART e
indicadores RACER, así como que elabore un
diagrama de Gannt → promover un enfoque
orientado a los resultados
— Ineficacia provocada por el hecho de tener dos
sedes para una agencia
— La Agencia desarrolla sus labores en dos
lugares, lo que la expone a costes adicionales
— El hecho de tener dos sedes expone a la Agencia
a costes adicionales
— Solicita a la Agencia que elabore una
comparación entre las operaciones realizadas
durante el ejercicio objeto de la aprobación de la
gestión y el ejercicio anterior
Prórroga de créditos El principio presupuestario de la
anualidad no se cumplió con rigor:
la Agencia ha ejecutado el 72 % de
los créditos de compromiso. Los
índices de las prórrogas
correspondientes a los gastos
administrativos y a los gastos
operativos fue del 37,5 % y el
85 %, respectivamente.
— La Agencia tuvo dificultades
con la programación y la
presupuestización de sus
actividades: más del 35 % de
los créditos definitivos no se
utilizaron durante el ejercicio
— Petición a la Agencia para que
procure aumentar el nivel de
ejecución presupuestaria
La Agencia ha tenido dificultades con la
programación y la presupuestización de sus
actividades
— La Agencia no abordó el problema de los
créditos prorrogados de un ejercicio a otro. La
prórroga del 41 % del título II vulnera
gravemente el principio de anualidad
— Solicita que al presupuesto de cada ejercicio se
adjunte un informe relativo a los créditos no
utilizados prorrogados de ejercicios anteriores
— El Tribunal de Cuentas puso de relieve
anulaciones y demoras en los procedimientos de
adjudicación de contratos públicos, retrasos
recurrentes en la ejecución de los pagos e
importantes modificaciones hechas en el
programa de trabajo anual durante el ejercicio
17.10.2012 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 286/235
Agencia Ferroviaria Europea 2006 2007 2008 2009
Procedimientos de contratación
pública
La Agencia debe iniciar
procedimientos de adjudicación de
contratos en relación con aquellos
ámbitos que en la actualidad están
cubiertos por contratos que no han
sido objeto de un procedimiento
reglamentario
— Problemas de transparencia en
relación con los criterios de
selección y de adjudicación: no
tenía justificación recurrir al
procedimiento negociado
— Recuerda la mejora de la
gestión de los contratos
públicos
Problemas de transparencia en relación con los
criterios de selección y de adjudicación
s.o.
Recursos humanos s.o. s.o. s.o. — Solicita a la Agencia que refleje mejor en su
programa de trabajo y en su informe anual de
actividades la asignación prevista de recursos
humanos
— Expresa su preocupación por el hecho de no
haber respetado el Estatuto de los funcionarios
ni de las normas de ejecución con carácter
retroactivo
— Insta a la Agencia a que establezca un
procedimiento consolidado de contratación que
sea utilizado como manual por todo el personal
que intervenga en relación con nuevas
contrataciones
Auditoría interna El sistema de control interno
mostró carencias: la Agencia no ha
aprobado normas de ejecución de
su Reglamento financiero
La Agencia no respeta
estrictamente el Estatuto de los
funcionarios
Solicita a la Agencia que adopte medidas para
cumplir cuatro de las 36 recomendaciones del
Servicio de Auditoría Interna → por ejemplo,
aplicar determinadas normas de control interno a
las firmas bancarias, la separación de funciones, los
puestos sensibles y la conservación de los poderes
de delegación
Observa que 6 de cada 10 recomendaciones
realizadas por el Servicio de Auditoría Interna en
materia de gestión de recursos humanos están
pendientes de aplicación
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