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Documento DOUE-L-2012-81916

Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012, sobre el cierre de las cuentas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2010.

Publicado en:
«DOUE» núm. 286, de 17 de octubre de 2012, páginas 212 a 212 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81916

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas del Observatorio ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías ( 3 ), y, en particular, su artículo 15,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0134/2012),

1. Aprueba el cierre de las cuentas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2010;

2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente Martin SCHULZ

El Secretario General Klaus WELLE

_______________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 156.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 376 de 27.12.2006, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/05/2012
  • Fecha de publicación: 17/10/2012
Materias
  • Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías
  • Presupuestos comunitarios

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