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Documento DOUE-L-2012-81913

Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Instituto Europeo de la Igualdad de Género para el ejercicio 2010.

Publicado en:
«DOUE» núm. 286, de 17 de octubre de 2012, páginas 200 a 204 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81913

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de la Igualdad de Género relativas al ejercicio

2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Instituto Europeo de la Igualdad

de Género relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de Instituto ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de

2006, por el que se crea un Instituto Europeo de la Igualdad de Género ( 3 ), y, en particular, su

artículo 14,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Derechos de

la Mujer e Igualdad de Género (A7-0132/2012),

1. Aprueba la gestión del Director del Instituto Europeo de la Igualdad de Género en la ejecución del

presupuesto del Instituto para el ejercicio 2010;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de

la misma al director del Instituto Europeo de la Igualdad de Género, al Consejo, a la Comisión y al

Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Martin WELLE

________________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 173.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 403 de 30.12.2006, p. 9.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2012

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la

gestión en la ejecución del presupuesto del Instituto Europeo de la Igualdad de Género para el

ejercicio 2010

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de la Igualdad de Género relativas al ejercicio

2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Instituto Europeo de la Igualdad

de Género relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de Instituto ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de

2006, por el que se crea un Instituto Europeo de la Igualdad de Género ( 3 ), y, en particular, su

artículo 14,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ) y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Derechos de

la Mujer e Igualdad de Género (A7-0132/2012),

A. Considerando que el Instituto Europeo de la Igualdad de Género («el Instituto») se creó en virtud del

Reglamento (CE) n o 1922/2006 y obtuvo su independencia el 15 de junio de 2010;

B. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las

cuentas anuales del Instituto correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones

subyacentes son legales y regulares,

C. Considerando que el presupuesto total del Instituto para el ejercicio financiero 2010 ascendió a

6 500 000 EUR; considerando que el presupuesto del Instituto se nutre exclusivamente de una contribución

de la Unión;

____________________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 173.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 403 de 30.12.2006, p. 9.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

1. Manifiesta su satisfacción por el primer informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del

Instituto para el ejercicio 2010;

Gestión presupuestaria y financiera

2. Toma nota de que se concedió autonomía administrativa y financiera al Instituto el 15 de junio de 2010;

3. Considera que conviene considerar la fusión del Instituto con la Agencia de los Derechos Fundamentales

de la Unión Europea para evitar duplicidades y reducir los gastos generales;

4. Deduce del Informe Anual de Actividades (IAA) del Instituto que del 1 de enero al 15 de junio de 2010

la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión (DG EMPL), de la que depende el Instituto,

ejerció las competencias de gestión financiera de este, en particular en materia de personal y gasto

administrativo, y que durante ese período la DG EMPL realizó pagos por un total de 846 786, 91 EUR;

5. Toma nota de que según el IAA en el breve período comprendido entre seis meses tras la adopción del

Programa de Trabajo Anual para 2010 y la obtención de su independencia administrativa y financiera, el

Instituto presentaba una tasa de ejecución presupuestaria del 65 % en créditos de compromiso y del

26 % en créditos de pago; alienta al Instituto a adoptar medidas inmediatamente para asegurar una tasa

de ejecución presupuestaria satisfactoria en el futuro;

6. Observa que en el IAA del Instituto se indica que después de revisar su proyecto de presupuesto del

ejercicio 2010, el consejo de administración constató dos desequilibrios presupuestarios por un importe

total de 415 000 EUR:

— un desequilibrio presupuestario de 195 000 EUR en el título II a consecuencia de la infrautilización

de los gastos de arrendamiento, ya que el Gobierno lituano cubrió los gastos de arrendamiento de los

locales del Instituto durante sus dos primeros años de actividad,

— un desequilibrio presupuestario de 220 000 EUR en el título III debido a la prevista infrautilización

de los gastos relacionados con el funcionamiento;

toma nota de que en octubre de 2010 el consejo de administración acordó no asignar esos fondos

congelados al Instituto; pide al Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la gestión

presupuestaria acerca de las medidas adoptadas con respecto a esos fondos congelados;

Contabilidad

7. Constata que en 2010 el Instituto definió las responsabilidades de los agentes financieros y desarrolló

circuitos financieros para los compromisos; toma nota asimismo de que el Instituto ha designado a

todos sus agentes financieros, definiendo sus cometidos y responsabilidades, antes de finales de 2010;

8. Observa que en el IAA del Instituto se señala que su Director ha delegado la función de ordenador en el

jefe de la Administración hasta un importe de 500 000 EUR para el título II y hasta un período máximo

de un ejercicio para el título III; toma nota asimismo de que se ha designado un ayudante para el

contable;

9. Deduce del IAA que a finales de 2010 ya había instaurados y se aplicaban procedimientos en los

siguientes ámbitos administrativos: misiones, gestión de quejas, preguntas más frecuentes sobre contratación

pública, contabilidad de buena calidad, conciliación de estados bancarios, ciclos de pago,

compromisos y créditos, así como que se ha desarrollado y aplicado un marco para el registro de

documentos;

Adjudicación de contratos públicos

10. Observa que en 2010 se realizaron 63 licitaciones y se firmaron contratos para los servicios sacados a

subasta; toma nota de que el importe total contratado ascendió a 1 974 626 EUR;

11. Percibe con arreglo al IAA que en el procedimiento de contratación pública concurrieron dos problemas

importantes:

— el plazo disponible para la realización de un procedimiento de contratación pública fue extremadamente

breve, lo que puso en peligro la ejecución de los estudios previstos y el presupuesto

correspondiente,

— la falta de apoyo cualificado a la Unidad Operativa, en la que la mayoría del personal no conoce

apenas o en absoluto los procedimientos de contratación pública;

en consecuencia, esas complicaciones causaron ciertos retrasos y debieron cancelarse algunas licitaciones,

lo que hizo que la mayoría de los créditos presupuestarios debieran prorrogarse hasta 2011; pide

al Instituto, por consiguiente, que mejore esta situación e informe a la autoridad de aprobación de la

gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas a este respecto;

12. Toma nota asimismo de que el 85 % de los contratos sacados a concurso, es decir 1 628 122 EUR,

correspondían a servicios en apoyo de las actividades operativas, y de que el importe restante de

292 504 EUR (15 %) correspondía a bienes y servicios en apoyo de las actividades administrativas;

Recursos humanos

13. Toma nota de que según el IAA el Instituto contrató a 23 agentes temporales y a 6 agentes contractuales

y ha completado el 92,3 % de su plantilla;

14. Subraya la necesidad de cubrir todas las vacantes en los casos en que sea necesario para el funcionamiento

eficaz del Instituto y el cumplimiento de sus objetivos declarados;

Rendimiento

15. Toma nota del artículo 20 del Reglamento (CE) n o 1922/2006 por el que se crea el Instituto, en el que

se establece que este debe haber encargado una evaluación externa de sus resultados antes del 18 de

enero de 2010; observa que en el IAA se señala que el consejo de administración ha aplazado la

evaluación ex post dado que el Instituto no fue operativo a partir del 19 de enero de 2010 y ha

decidido encargar una evaluación ex ante en 2010 y una evaluación intermedia antes de 2013; pide al

Instituto que comunique inmediatamente los resultados de esa evaluación ex ante a la autoridad de

aprobación de la gestión presupuestaria;

16. Toma nota de que el Instituto, apoyado por la DG EMPL, lanzó en diciembre de 2010 las especificaciones

para la «Segunda evaluación ex ante del Instituto Europeo de la Igualdad de Género centrada

en los objetivos específicos y actividades del Instituto»;

17. Pide al Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria acerca de la

realización de esas evaluaciones y sus conclusiones respectivas;

18. Recuerda al Tribunal de Cuentas que el trabajo del Instituto es de suma importancia para la promoción

de la igualdad de género en la Unión; toma nota, por tanto, de que los próximos informes deberán

mostrarán en detalle si la actividad del Instituto se ve obstaculizada por dificultades en alguna fase del

procedimiento presupuestario;

19. Señala que, en un momento de crisis económica y de austeridad, es de vital importancia que el

Instituto ofrezca la mejor relación calidad-precio sin comprometer el desempeño satisfactorio de sus

importantes competencias.

Ubicación

20. Toma nota de que en el IAA del Instituto se indica que el 1 de marzo de 2010 el personal del Instituto

se trasladó de sus dependencias temporales en Bruselas a su sede permanente en Vilnius (Lituania);

Auditoría interna

21. Observa que el Instituto le ha informado que la primera fiscalización del Servicio de Auditoría Interna

se realizará en 2012;

22. Deduce del IAA que la OLAF ha visitado el Instituto y ofrecido al personal una primera sesión de

formación sobre los principios de auditoría y las normas de control interno en noviembre de 2010;

reconoce, asimismo, que se preparó un acuerdo de colaboración entre la OLAF y el Instituto en 2010,

el cual fue adoptado por el consejo de administración del Instituto el 26 de enero de 2011;

23. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión

de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 1 ) sobre el rendimiento, la

gestión financiera y el control de las agencias.

________________

( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (Véase la página 388 del presente Diario Oficial).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/05/2012
  • Fecha de publicación: 17/10/2012
Materias
  • Igualdad de oportunidades
  • Mujer
  • Organismo y agencia CE
  • Presupuestos comunitarios

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