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Documento DOUE-L-2012-81660

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 94/2012, de 30 de abril de 2012, por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 248, de 13 de septiembre de 2012, páginas 32 a 32 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81660

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 54/2012, de 30 de marzo de 2012 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2009/766/CE de la Comisión, de 16 de octubre de 2009, relativa a la armonización de las bandas de frecuencias de 900 MHz y 1 800 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios paneuropeos de comunicaciones electrónicas en la Comunidad ( 2 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo XI del Acuerdo, después del punto 1 (Directiva 87/372/CEE del Consejo), se inserta el punto siguiente:

«1a. 32009 D 0766: Decisión 2009/766/CE de la Comisión, de 16 de octubre de 2009, relativa a la armonización de las bandas de frecuencias de 900 MHz y 1 800 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios paneuropeos de comunicaciones electrónicas en la Comunidad (DO L 274 de 20.10.2009, p. 32).

A los efectos del presente Acuerdo, las disposiciones de la Decisión se entenderán con arreglo a la adaptación siguiente:

La presente Decisión será aplicable a Liechtenstein a partir de 2018.».

Artículo 2

Los textos de la Decisión 2009/766/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2012, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

______________________

( 1 ) DO L 207 de 2.8.2012, p. 34.

( 2 ) DO L 274 de 20.10.2009, p. 32.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/04/2012
  • Fecha de publicación: 13/09/2012
  • Entrada en vigor: 1 de mayo de 2012, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XI del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comunicaciones electrónicas
  • Dominio Público Radioeléctrico
  • Espacio Económico Europeo

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