EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 132/2011, de 2 de diciembre de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/79/UE de la Comisión, de 19 de noviembre de 2010, sobre la adaptación al progreso técnico del anexo III de la Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo II del Acuerdo, en el punto 9 (Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo XVII, se añade el siguiente texto:
«, modificado por:
— 32010 L 0079: Directiva 2010/79/UE de la Comisión, de 19 de noviembre de 2010 (DO L 304 de 20.11.2010, p. 18).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2010/79/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 31 de marzo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
____________________
( 1 ) DO L 76 de 15.3.2012, p. 16.
( 2 ) DO L 304 de 20.11.2010, p. 18.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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