EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 8/2012, de 10 de febrero de 2012 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2011/72/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Directiva 2000/25/CE en lo que se refiere a las disposiciones relativas a los tractores puestos en el mercado con arreglo al mecanismo de flexibilidad ( 2 ), corregida por el DO L 254 de 30.9.2011, p. 22.
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2011/87/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, por la que se modifica la Directiva 2000/25/CE en lo que respecta a la aplicación de fases de emisiones a los tractores de vía estrecha ( 3 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo II del Acuerdo, en el punto 29 (Directiva 2000/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo II, se añaden los siguientes guiones:
«— 32011 L 0072: Directiva 2011/72/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2011 (DO L 246 de 23.9.2011, p. 1), corregida por el DO L 254 de 30.9.2011, p. 22.
— 32011 L 0087: Directiva 2011/87/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011 (DO L 18 de 18.11.2011, p. 1.).».
Artículo 2
Los textos de las Directivas 2011/72/UE, corregidas por el DO L 254 de 30.9.2011, p. 22, y 2011/87/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
______________________
( 1 ) DO L 161 de 21.6.2012, p. 14.
( 2 ) DO L 246 de 23.9.2011, p. 1.
( 3 ) DO L 301 de 18.11.2011, p. 1.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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