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Documento DOUE-L-2012-81412

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 36/2012, de 30 de marzo de 2012, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 207, de 2 de agosto de 2012, páginas 3 a 3 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81412

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 3/2012, de 10 de febrero de 2012 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión de Ejecución 2011/403/UE de la Comisión, de 7 de julio de 2011, por la que se modifican los anexos II y III de la Decisión 2010/221/UE en lo referente a la retirada de un programa de erradicación con respecto a la renibacteriosis para Gran Bretaña y la aprobación de un programa de vigilancia sobre los herpesvirus de los ostreidos tipo 1 μνar para Guernsey ( 2 ).

(3) La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al comercio de productos agrícolas se extienda a Liechtenstein, según se especifica en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo. La presente Decisión no es, por lo tanto, aplicable a Liechtenstein.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo I del Acuerdo, en el punto 94 (Decisión 2010/221/UE de la Comisión) de la parte 4.2 del capítulo I, se añade el siguiente guion:

«— 32011 D 0403: Decisión de Ejecución 2011/403/UE de la Comisión, de 7 de julio de 2011 (DO L 180 de 8.7.2011, p. 47).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión de Ejecución 2011/403/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 31 de marzo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

________________________

( 1 ) DO L 161 de 21.6.2012, p. 5.

( 2 ) DO L 180 de 8.7.2011, p. 47.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/03/2012
  • Fecha de publicación: 02/08/2012
  • Entrada en vigor: 31 de marzo de 2012, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Enfermedad animal
  • Espacio Económico Europeo
  • Mariscos
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Sanidad veterinaria

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