EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XXII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 161/2011, de 2 de diciembre de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 149/2011 de la Comisión, de 18 de febrero de 2011, que modifica el Reglamento (CE) n o 1126/2008, por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las Mejoras de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 10ba [Reglamento (CE) n o 1126/2008 de la Comisión] del anexo XXII del Acuerdo se añade el siguiente guion:
«— 32011 R 0149: Reglamento (UE) n o 149/2011 de la Comisión, de 18 de febrero de 2011 (DO L 46 de 19.2.2011, p. 1).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n o 149/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
______________________
( 1 ) DO L 76 de 15.3.2012, p. 48.
( 2 ) DO L 46 de 19.2.2011, p. 1.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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