EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por última vez por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 165/2011, de 19 de diciembre de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 255/2010 de la Comisión, de 25 de marzo de 2010, por el que se establecen normas comunes sobre la gestión de afluencia del tránsito aéreo ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 66wh [Reglamento (CE) n o 262/2009 de la Comisión] del anexo XIII del Acuerdo, se inserta el siguiente punto:
«66wi. 32010 R 0255: Reglamento (UE) n o 255/2010 de la Comisión, de 25 de marzo de 2010, por el que se establecen normas comunes sobre la gestión de afluencia del tránsito aéreo (DO L 80 de 26.3.2010, p. 10).
A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con arreglo a las adaptaciones siguientes:
El presente Reglamento no será aplicable a Liechtenstein.».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n o 255/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
___________________
( 1 ) DO L 76 de 15.3.2012, p. 57.
( 2 ) DO L 80 de 26.3.2010, p. 10.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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