EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo IX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 117/2011, de 21 de octubre de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/76/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por la que se modifican las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE en lo que respecta a los requisitos de capital para la cartera de negociación y las retitulizaciones y a la supervisión de las políticas de remuneración ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En los puntos 14 (Directiva 2006/48/CE del Parlamento Europeo y el Consejo) y 31 (Directiva 2006/49/CE del Parlamento Europeo y el Consejo) del anexo IX del Acuerdo, se añade el siguiente guion:
«— 32010 L 0076: Directiva 2010/76/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010 (DO L 329 de 14.12.2010, p. 3).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2010/76/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
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( 1 ) DO L 341 de 22.12.2011, p. 81.
( 2 ) DO L 329 de 14.12.2010, p. 3.
(*) Se han indicado preceptos constitucionales.
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