Está Vd. en

Documento DOUE-L-2012-81093

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 18/2012, de 10 de febrero de 2012, por la que se modifica el anexo VI (Seguridad social) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 161, de 21 de junio de 2012, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81093

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo VI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 133/2011, de 2 de diciembre de 2011 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 1244/2010 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2010, por el que se modifican el Reglamento (CE) n o 883/2004 del Parlamento Europeo y del consejo, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, y el Reglamento (CE) n o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n o 883/2004 ( 2 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 1 [Reglamento (CE) n o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo VI del Acuerdo, se añade el siguiente guion:

«— 32010 R 1244: Reglamento (UE) n o 1244/2010 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2010 (DO L 338 de 22.12.2010, p. 35).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 1244/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo, o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 76/2011, de 1 de julio de 2011 ( 3 ), si esta fuese posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

_______________________

( 1 ) DO L 76 de 15.3.2012, p. 17.

( 2 ) DO L 338 de 22.12.2010, p. 35.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

( 3 ) DO L 262 de 6.10.2011, p. 33.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/02/2012
  • Fecha de publicación: 21/06/2012
  • Entrada en vigor: 11 de febrero de 2012, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo VI del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Seguridad Social

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid