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Documento DOUE-L-2012-80679

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 24 de abril de 2012, por la que se reconoce que Serbia está libre de Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus (Spieckerman y Kotthoff) Davis et al.[notificada con el número C(2012) 2524].

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 114, de 26 de abril de 2012, páginas 28 a 28 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-80679

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad ( 1 ), y, en particular, el anexo III, parte A, punto 12,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo III, parte A, punto 12, de la Directiva 2000/29/CE establece una prohibición general en relación con la introducción en la Unión de tubérculos de la especie Solanum L. y sus híbridos, excepto los especificados en la parte A, puntos 10 y 11, incluidos los tubérculos de Solanum tuberosum L., originarios de terceros países. Dicha prohibición no es aplicable a los terceros países europeos reconocidos como libres de Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus (Spieckerman y Kotthoff) Davis et al. («el organismo»).

(2) Según los informes oficiales relacionados con campañas de encuesta en 2009, 2010 y 2011 proporcionados por Serbia, y según la información obtenida en una visita de inspección que la Oficina Alimentaria y Veterinaria efectuó en noviembre y diciembre de 2009, el organismo no está presente en Serbia, y dicho país ha aplicado los procedimientos de control, inspección y pruebas para la detección del organismo en las importaciones y en la producción interna de tubérculos de Solanum tuberosum L.

(3) Procede, pues, reconocer que Serbia está libre del organismo.

(4) La presente Decisión se aplicará sin perjuicio de cualquier descubrimiento posterior que muestre que el organismo está presente en Serbia.

(5) La Comisión solicitará a Serbia que facilite, cada año, la información necesaria para comprobar que Serbia sigue estando libre del organismo.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Reconocimiento

Se reconoce que Serbia está libre de Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus (Spieckerman y Kotthoff) Davis et al.

Artículo 2

Destinatarios

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 2012.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión

_____________________

( 1 ) DO L 169 de 10.7.2000, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 24/04/2012
  • Fecha de publicación: 26/04/2012
  • Fecha de derogación: 16/12/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Reglamento 2021/2069, de 25 de noviembre de 2021 (Ref. DOUE-L-2021-81618).
Referencias anteriores
Materias
  • Comercio extracomunitario
  • Productos agrícolas
  • Sanidad vegetal
  • Serbia

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