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EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 101/2011, de 30 de septiembre de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/114/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por la que se modifica la Directiva 87/372/CEE del Consejo relativa a las bandas de frecuencia a reservar para la introducción coordinada de comunicaciones móviles terrestres digitales celulares públicas paneuropeas en la Comunidad ( 2 ).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo XI del Acuerdo, en el punto 1 (Directiva 87/372/CEE del Consejo) se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— 32009 L 0114: Directiva 2009/114/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 (DO L 274 de 20.10.2009, p. 25).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2009/114/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 3 de diciembre de 2011, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 2011.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kurt JÄGER
______________
( 1 ) DO L 318 de 1.12.2011, p. 39.
( 2 ) DO L 274 de 20.10.2009, p. 25.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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