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Documento DOUE-L-2012-80079

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas.

Publicado en:
«DOUE» núm. 26, de 28 de enero de 2012, páginas 38 a 39 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-80079

TEXTO ORIGINAL

En la página 186, en el anexo, en la parte A, se inserta el texto siguiente:

No

Denominación común y números de identificación

Denominación UIQPA

Pureza

Fecha de autorización

Expiración de la autorización

Disposiciones específicas

«354

Flurocloridona No CAS 61213-25-0 No CICAP 430

(3RS,4RS;3RS,4SR)-3-cloro- 4- clorometil-1- (α,α,α- trifluoro-m-tolil)-2-pirrolidona

≥ 940 g/kg Impurezas relevantes: Tolueno: contenido máximo 8 g/kg

1 de junio de 2011

31 de mayo de 2021

PARTE A Solo podrán autorizarse los usos como herbicida.

PARTE B Para la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión de la flurocloridona, y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue aprobado en el Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal el 4 de febrero de 2011. En esta evaluación general, los Estados miembros prestarán una atención particular a lo siguiente:

1) el riesgo de las plantas no diana y de los organismos acuáticos;

2) la protección de las aguas subterráneas, cuando la sustancia activa se aplique en regiones con suelos vulnerables o condiciones climáticas desfavorables. Las condiciones de autorización incluirán, si procede, medidas de reducción del riesgo.

Los Estados miembros afectados velarán por que el solicitante proporcione información confirmatoria a la Comisión sobre los puntos siguientes:

1) la relevancia de las impurezas distintas del tolueno;

2) la conformidad del material de ensayo ecotoxicológico con las especificaciones técnicas;

3) la relevancia del metabolito de las aguas subterráneas R42819 (1 );

4) las propiedades de la flurocloridona que pueden alterar el sistema endocrino. Los Estados miembros afectados garantizarán que el solicitante presenta a la Comisión la información mencionada en los puntos 1 y 2 a más tardar el 1 de diciembre de 2011, la información mencionada en el punto 3 a más tardar el 31 de mayo de 2013 y la información mencionada en el punto 4 en un plazo de dos años a partir de la aprobación de las directrices de ensayo de la OCDE sobre las alteraciones endocrinas.

___________________

1 ) R42819: (4RS)-4-(clorometil)-1-[3-(trifluorometil)fenil]pirrolidin-2-ona.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/01/2012
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 540/2011, de 25 de mayo (Ref. DOUE-L-2011-81129).
Materias
  • Autorizaciones
  • Comercialización
  • Productos fitosanitarios
  • Sustancias peligrosas

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