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Documento DOUE-L-2011-82709

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 114/2011, de 21 de octubre de 2011, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 341, de 22 de diciembre de 2011, páginas 76 a 77 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-82709

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 95/2011, de 30 de septiembre de 2011 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 353/2008 de la Comisión, de 18 de abril de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo para las solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables con arreglo al artículo 15 del Reglamento (CE) n o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 983/2009 de la Comisión, de 21 de octubre de 2009, sobre la autorización o la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 3 ).

(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 984/2009 de la Comisión, de 21 de octubre de 2009, por el que se deniega la autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos distintas de las que se refieren a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 4 ).

(5) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1024/2009 de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, sobre la autorización o la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 5 ).

(6) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1025/2009 de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, por el que se deniega la autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos distintas de las que se refieren a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 6 ).

(7) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1167/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se deniega la autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 7 ).

(8) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1168/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables en los alimentos distinta de las que se refieren a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 8 ).

(9) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1170/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se modifican la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las listas de vitaminas y minerales y sus formas que pueden añadirse a los alimentos, incluidos los complementos alimenticios ( 9 ).

(10) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo II, el capítulo XII del Acuerdo queda modificado como sigue:

1. En el punto 54zzi (Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añade el siguiente guion:

«— 32009 R 1170: Reglamento (CE) n o 1170/2009 de la Comisión de 30 de noviembre de 2009 (DO L 314 de 1.12.2009, p. 36).».

_______________________________

( 1 ) DO L 318 de 1.12.2011, p. 32.

( 2 ) DO L 109 de 19.4.2008, p. 11.

( 3 ) DO L 277 de 22.10.2009, p. 3.

( 4 ) DO L 277 de 22.10.2009, p. 13.

( 5 ) DO L 283 de 30.10.2009, p. 22.

( 6 ) DO L 283 de 30.10.2009, p. 30.

( 7 ) DO L 314 de 1.12.2009, p. 29.

( 8 ) DO L 314 de 1.12.2009, p. 32.

( 9 ) DO L 314 de 1.12.2009, p. 36.

2. En el punto 54zzzu [Reglamento (CE) n o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

— 32009 R 1170: Reglamento (CE) n o 1170/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009 (DO L 314 de 1.12.2009, p. 36).».

3. Después del punto 54zzzzz [Reglamento (UE) n o 958/2010 de la Comisión], se insertan los siguientes puntos:

«54zzzzza. 32008 R 0353: Reglamento (CE) n o 353/2008 de la Comisión, de 18 de abril de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo para las solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables con arreglo al artículo 15 del Reglamento (CE) n o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 109 de 19.4.2008, p. 11).

54zzzzzb. 32009 R 0983: Reglamento (CE) n o 983/2009 de la Comisión, de 21 de octubre de 2009, sobre la autorización o la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 277 de 22.10.2009, p. 3).

54zzzzzc. 32009 R 0984: Reglamento (CE) n o 984/2009 de la Comisión, de 21 de octubre de 2009, sobre la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos, distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 277 de 22.10.2009, p. 13).

54zzzzzd. 32009 R 1024: Reglamento (CE) n o 1024/2009 de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, sobre la autorización o la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 283 de 30.10.2009, p. 22).

54zzzzze. 32009 R 1025: Reglamento (CE) n o 1025/2009 de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, sobre la denegación de autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos, distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 283 de 30.10.2009, p. 30).

54zzzzzf. 32009 R 1167: Reglamento (CE) n o 1167/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se deniega la autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 314 de 1.12.2009, p. 29).

54zzzzzg. 32009 R 1168: Reglamento (CE) n o 1168/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables en los alimentos distinta de las que se refieren a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 314 de 1.12.2009, p. 32).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (CE) n o 353/2008, (CE) n o 983/2008, (CE) n o 984/2009, (CE) n o 1024/2008, (CE) n o 1025/2009, (CE) n o 1167/2009, (CE) n o 1168/2009 y (CE) n o 1170/2009 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2011, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER

_____________________________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 21/10/2011
  • Fecha de publicación: 22/12/2011
  • Entrada en vigor: 1 de noviembre de 2011, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos alimenticios
  • Publicidad

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