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Documento DOUE-L-2011-82515

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 103/2011, de 30 de septiembre de 2011, por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 318, de 1 de diciembre de 2011, páginas 41 a 41 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-82515

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión n o 90/2011 del Comité Mixto del EEE de 19 de julio de 2011 ( 1 ).

(2) La Decisión 2010/713/UE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, sobre los módulos para los procedimientos de evaluación de la conformidad, idoneidad para el uso y verificación CE que deben utilizarse en las especificaciones técnicas de interoperabilidad adoptadas en virtud de la Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ), debe incorporarse al Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 37dc (Decisión 2009/965/CE de la Comisión) del anexo XIII del Acuerdo, se inserta el punto siguiente:

«37dd. 32010 D 0713: Decisión 2010/713/UE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, sobre los módulos para los procedimientos de evaluación de la conformidad, idoneidad para el uso y verificación CE que deben utilizarse en las especificaciones técnicas de interoperabilidad adoptadas en virtud de la Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 319 de 4.12.2010, p. 1).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión 2010/713/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo, o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE por la que se incorpora la Decisión n o 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ), si esta fuese posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER

_______________

( 1 ) DO L 262 de 6.10.2011, p. 62.

( 2 ) DO L 319 de 4.12.2010, p. 1.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

( 3 ) DO L 218 de 13.8.2008, p. 82.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/09/2011
  • Fecha de publicación: 01/12/2011
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2011, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Ferrocarriles
  • Homologación
  • Sistema Ferroviario Transeuropeo

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