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Documento DOUE-L-2011-82045

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 79/2011, de 1 de julio de 2011, por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 262, de 6 de octubre de 2011, páginas 50 a 50 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-82045

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 107/2009, de 22 de octubre de 2009 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2010/87/UE de la Comisión, de 5 de febrero de 2010, relativa a las cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a los encargados del tratamiento establecidos en terceros países, de conformidad con la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ).

(3) La Decisión 2010/87/UE deroga la Decisión 2002/16/CE de la Comisión ( 3 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El texto del punto 5ef (Decisión 2002/16/CE de la Comisión) del anexo XI del Acuerdo se sustituye por el texto siguiente:

«32010 D 0087: Decisión 2010/87/UE de la Comisión, de 5 de febrero de 2010, relativa a las cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a los encargados del tratamiento establecidos en terceros países, de conformidad con la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 39 de 12.2.2010, p. 5).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión 2010/87/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 2 de julio de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER

__________________

( 1 ) DO L 334 de 17.12.2009, p. 4.

( 2 ) DO L 39 de 12.2.2010, p. 5.

( 3 ) DO L 6 de 10.1.2002, p. 52.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 01/07/2011
  • Fecha de publicación: 06/10/2011
  • Entrada en vigor: 2 de julio de 2011, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XI del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Protección de datos personales
  • Redes de telecomunicación

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