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Documento DOUE-L-2011-82034

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 68/2011, de 1 de julio de 2011, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 262, de 6 de octubre de 2011, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-82034

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 50/2011, de 20 de mayo de 2011 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 1161/2010 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2010, por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables en los alimentos distinta de las que se refieren a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 2 ).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 1162/2010 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2010, por el que se deniega la autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños ( 3 ).

(4) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 54zzzzt [Reglamento (UE) n o 257/2010 de la Comisión] en el capítulo XII del anexo II del Acuerdo, se insertan los puntos siguientes:

«54zzzzu. 32010 R 1161: Reglamento (UE) n o 1161/2010 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2010, por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables en los alimentos distinta de las que se refieren a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 326 de 10.12.2010, p. 59).

54zzzzv. 32010 R 1162: Reglamento (UE) n o 1162/2010 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2010, por el que se deniega la autorización de determinadas declaraciones de propiedades saludables en los alimentos relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 326 de 10.12.2010, p. 61).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (UE) n o 1161/2010 y (UE) n o 1162/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 2 de julio de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER

_________________

( 1 ) DO L 196 de 28.7.2011, p. 29.

( 2 ) DO L 326 de 10.12.2010, p. 59.

( 3 ) DO L 326 de 10.12.2010, p. 61.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 01/07/2011
  • Fecha de publicación: 06/10/2011
  • Entrada en vigor: 2 de julio de 2011, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos alimenticios
  • Publicidad

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