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Documento DOUE-L-2011-81821

Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca para el ejercicio 2009.

Publicado en:
«DOUE» núm. 250, de 27 de septiembre de 2011, páginas 135 a 138 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-81821

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca relativas al ejercicio 2009,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),

— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 768/2005 del Consejo, de 26 de abril de 2005, por el que se crea la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca ( 3 ), y, en particular, su artículo 36,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Pesca (A7-0118/2011),

1. Aprueba la gestión del Director Ejecutivo de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2009;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director Ejecutivo de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Jerzy BUZEK

El Secretario General

Klaus WELLE

________________________

( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 1.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 128 de 21.5.2005, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2011

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca para el ejercicio 2009

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca relativas al ejercicio 2009,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7- 0052/2011),

— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 768/2005 del Consejo, de 26 de abril de 2005, por el que se crea la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca ( 3 ), y, en particular, su artículo 36,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Pesca (A7-0118/2011),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

B. Considerando que el 5 de mayo de 2010 el Parlamento aprobó la gestión del Director Ejecutivo de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2008 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

— hizo hincapié en la necesidad, por parte de la Agencia, de abordar las carencias en la programación de sus actividades de manera que, en el futuro, los procedimientos de elaboración del presupuesto presenten el rigor necesario y eviten generar aumentos y/o disminuciones de créditos en las líneas presupuestarias,

— tomó nota de que la Agencia no elaboraba un plan de trabajo plurianual; C. Considerando que el presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2009 ascendía a 10 100 000 EUR, lo que supone un incremento del 18 % con respecto al ejercicio 2008,

____________________

( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 1.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 128 de 21.5.2005, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

( 5 ) DO L 252 de 25.9.2010, p. 128.

Resultados

1. Felicita a la Agencia por haber aprobado su plan de trabajo plurianual para el período 2011-2015 el 19 de octubre de 2010; destaca la importancia de dicho documento para que la Agencia consiga organizar eficazmente la aplicación de su estrategia y la consecución de sus objetivos;

2. Pide una vez más a la Agencia que presente, en una tabla que se incluirá como anexo en el próximo informe del Tribunal de Cuentas, una comparación entre las actividades realizadas durante el ejercicio examinado y las realizadas durante el ejercicio precedente, con el fin de permitir que la autoridad encargada de la aprobación de la gestión pueda evaluar mejor el rendimiento de la Agencia entre un año y el siguiente;

3. Insta a la Agencia a que mejore su programa de trabajo anual mediante la inclusión de objetivos específicos y mensurables en relación con los ámbitos políticos y las actividades operativas, y mediante la instauración de indicadores SMART; pide asimismo a la Agencia que siga desarrollando los principales indicadores de rendimiento en las funciones de apoyo administrativo;

4. Pide a la Agencia que examine la posibilidad de introducir un diagrama de Gantt en la programación de cada una de sus actividades operativas, de modo que se indique de modo conciso el tiempo dedicado por cada agente a un proyecto y se favorezca un enfoque orientado hacia la obtención de resultados; solicita, por lo tanto, a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los progresos obtenidos en este sentido;

5. Recuerda que una delegación de la Comisión de Pesca visitó la Agencia en junio de 2010 y expresó su gran satisfacción con la situación general de los asuntos de la Agencia, en particular con la ejecución de los planes de despliegue conjunto;

Recursos humanos

6. Pide a la Agencia que subsane sus deficiencias en cuanto a la planificación de las contrataciones; observa, en este sentido, que el Tribunal de Cuentas informó de que solo 44 de los 55 puestos temporales previstos habían sido cubiertos (80 %); Auditoría interna

7. Celebra la iniciativa de la Agencia de revisar sus procedimientos presupuestarios y circuitos financieros asociados, de designar ordenadores y de invertir en formación sobre gestión financiera para el personal;

8. Felicita a la Agencia por haber puesto en marcha en 2008 una función de auditoría interna (la Estructura de auditoría interna, EAI) dedicada al apoyo y asesoramiento al Director Ejecutivo y demás directivos de la Agencia en materia de gestión del control interno, evaluación de riesgos y auditoría interna; toma nota de que la Agencia no utiliza una EAI a tiempo completo sino que la comparte con la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) con sede en Lisboa; reconoce, en este sentido, que se firmó un acuerdo de nivel de servicio entre la Agencia y la AESM el 17 de junio de 2008; considera, por lo tanto, que este servicio compartido constituye un ejemplo de buena práctica que pueden fomentar otras agencias;

9. Reconoce que la EAI llevó a cabo dos auditorías en 2009, una sobre la aplicación de las normas de control interno y otra sobre el ciclo de pagos; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de las recomendaciones presentadas por la EAI y de las medidas adoptadas por la Agencia;

10. Insta al Director Ejecutivo de la Agencia a que cumpla todas sus obligaciones e incluya en su informe a la autoridad de aprobación de la gestión que resume el contenido del informe del servicio de auditoría interna (SAI) todas las recomendaciones recibidas (incluidas las que la Agencia podría posiblemente rechazar) y todas las acciones adoptadas a partir de tales recomendaciones; invita, por tanto, al Director Ejecutivo de la Agencia a facilitar información sobre el contenido de las cuatro recomendaciones «muy importantes» del SAI y sobre las acciones que ha emprendido la Agencia;

11. Pide a la Agencia que revise su sistema de control interno para apoyar la declaración anual de fiabilidad de su Director Ejecutivo y que reexamine todos sus procedimientos, tanto administrativos como operativos, con la consiguiente documentación del flujo de trabajo y de los controles clave; anima asimismo a la Agencia a establecer una función de gestión de riesgos para registrar los riesgos y crear planes de acciones destinadas a su mitigación;

12. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.

_____________________

( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2011)0163 (Véase la página 269 del presente Diario Oficial).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/05/2011
  • Fecha de publicación: 27/09/2011
Materias
  • Control pesquero
  • Organismo y agencia CE
  • Presupuestos comunitarios

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