EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28 y su artículo 43, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) El 30 de mayo de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/369/PESC sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán) ( 1 ).
(2) El 18 de mayo de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/279/PESC ( 2 ), que prorrogó EUPOL Afganistán hasta el 31 de mayo de 2013. En virtud de la Decisión 2011/298/PESC que modifica la Decisión 2010/279/PESC ( 3 ), el importe de referencia financiera de 54 600 000 EUR incluía el período comprendido hasta el 31 de julio de 2011.
(3) El artículo 13, apartado 2, de la Decisión 2010/279/PESC dispone que el importe de referencia financiera para los siguientes períodos debe ser decidido por el Consejo.
(4) Por consiguiente, la Decisión 2010/279/PESC debe modificarse para incluir el importe de referencia financiera del período comprendido entre el 1 de agosto de 2011 y el 31 de julio de 2012.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 13, apartado 1, de la Decisión 2010/279/PESC, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a EUPOL Afganistán para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2011 y el 31 de julio de 2012 será de 60 500 000 EUR.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 25 de julio de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
M. DOWGIELEWICZ
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( 1 ) DO L 139 de 31.5.2007, p. 33.
( 2 ) DO L 123 de 19.5.2010, p. 4.
( 3 ) DO L 136 de 24.5.2011, p. 64.
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