MODIFICACIONES DE LAS INSTRUCCIONES PRÁCTICAS A LAS PARTES EL TRIBUNAL GENERAL
Visto el artículo 150 de su Reglamento de Procedimiento,
Vistas las Instrucciones prácticas a las partes adoptadas el 5 de julio de 2007, en su versión modificada el 16 de junio de 2009 y el 17 de mayo de 2010,
ADOPTA LAS PRESENTES MODIFICACIONES DE LAS INSTRUCCIONES PRÁCTICAS A LAS PARTES:
Artículo 1
1. En el punto 106 se suprime el siguiente texto: «es una síntesis objetiva del litigio que no reproduce todas las ramificaciones de lo alegado por las partes y que tiene por objeto, por un lado, permitir a éstas comprobar que los motivos y alegaciones que han expuesto se han interpretado correctamente y, por otro lado, facilitar a los demás Jueces de la Sala el examen de los autos. No obstante, en los asuntos de propiedad intelectual, el informe para la vista».
2. En el punto 108 se suprime el párrafo primero y, en el párrafo segundo, los términos «sobre este informe» se sustituyen por los términos «sobre el informe para la vista».
Artículo 2
Las presentes modificaciones de las Instrucciones prácticas a las partes se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación.
Hecho en Luxemburgo, el 8 de junio de 2011.
El Secretario
E. COULON
El Presidente
M. JAEGER
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