EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28 y su artículo 43, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) El 14 de junio de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/330/PESC ( 1 ) que prorrogaba la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX-IRAQ (en lo sucesivo, «la Misión») por otros 24 meses hasta el 30 de junio de 2012. El importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012 debe ser decidido por el Consejo.
(2) El mandato de la Misión se está efectuando en el contexto de una situación que puede deteriorarse y podría dificultar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado.
(3) La Decisión 2010/330/PESC deber ser modificada en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2010/330/PESC se modifica de la siguiente manera:
1) En el artículo 2, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:
«4. Las actividades de formación tendrán lugar en Iraq y en la región, así como en la Unión. EUJUST LEX-IRAQ dispondrá de oficinas en Bruselas y Bagdad, incluido un centro de enlace en Basora, como preparación para la posible apertura de una oficina, supeditada a la decisión pertinente. EUJUST LEX-IRAQ también tendrá una oficina en Erbil (región de Kurdistán).».
2) En el artículo 11, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012 será de 27 250 000 EUR.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 28 de junio de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
FAZEKAS S.
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( 1 ) DO L 149 de 15.6.2010, p. 12.
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