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Documento DOUE-L-2011-81128

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 1217/2010 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 152, de 11 de junio de 2011, páginas 34 a 35 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-81128

TEXTO ORIGINAL

1. En la página 36, en el considerando 3, en la primera frase:

en lugar de: «El Reglamento (CE) n o 2659/2000 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2000, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo ( 2 ) define una categoría de acuerdos de investigación y desarrollo que a juicio de la Comisión cumplía normalmente las condiciones previstas en el artículo 101, apartado 3, del Tratado.»,

léase: «El Reglamento (CE) n o 2659/2000 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2000, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo ( 2 ) define unas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo que a juicio de la Comisión cumplen normalmente las condiciones previstas en el artículo 101, apartado 3, del Tratado.».

2. En la página 37, en el considerando 13, en la tercera frase:

en lugar de: «[…] en el ámbito de aplicación del artículo 100, apartado 1, […]»,

léase: «[…] en el ámbito de aplicación del artículo 101, apartado 1, […]».

3. En la página 37, en el considerando 14, en la primera frase:

en lugar de: «[…] de los productos resultantes de la investigación […]»,

léase: «[…] de los productos, servicios o tecnologías resultantes de la investigación […]».

4. En la página 38, en el considerando 20:

en lugar de: «[…] establecida en el artículo 2 […]»,

léase: «[…] establecida en el presente Reglamento […]».

5. En la página 38, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra a), en el inciso vi):

en lugar de: «[…] productos o tecnologías, […]»,

léase: «[…] productos o tecnologías considerados en el contrato […]».

6. En la página 39, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra f):

en lugar de: «[…] utilizando los procedimientos considerados en el contrato […]»,

léase: «[…] utilizando las tecnologías consideradas en el contrato […]».

7. En la página 39, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra k):

en lugar de: «[…] la aplicación de los procedimientos considerados en el contrato […]»,

léase: «[…] la aplicación de las tecnologías consideradas […]».

8. En la página 39, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra p):

en lugar de: « «investigación y desarrollo» investigación y desarrollo que una de las partes lleva a cabo y la otra parte se limita a financiarla;»,

léase: « «investigación y desarrollo remunerados» investigación y desarrollo que una de las partes lleva a cabo y la otra parte se limita a financiar;».

9. En la página 40, en el artículo 2, en el apartado 2, en la primera frase:

en lugar de: «La exención prevista en el apartado 1 también se aplicará […]»,

léase: «La exención prevista en el apartado 1 se aplicará […]».

10. En la página 40, en el artículo 3, en el apartado 5:

en lugar de: «[…] letra n) […]»,

léase: «[…] letra m) […]».

11. En la página 41, en el artículo 4, en el apartado 2, en la letra a):

en lugar de: «[…] mercados de productos o del mercado tecnológico de referencia […]»,

léase: «[…] mercados de producto y tecnológico de referencia […]».

12. En la página 41, en el artículo 4, en el apartado 2, en la letra b):

en lugar de: «[…] mercados de productos o del mercado tecnológico de referencia […]»,

léase: «[…] mercados de producto y tecnológico de referencia […]».

13. En la página 41, en el artículo 5, en la letra b), en el inciso ii):

en lugar de: «[…] fijen objetivos de producción […]»,

léase: «[…] fijen objetivos de ventas […]».

14. En la página 41, en el artículo 5, en la letra b), en el inciso ii):

en lugar de: «[…] licencias de los procedimientos considerados […]»,

léase: «[…] licencias de las tecnologías consideradas […]».

15. En la página 41, en el artículo 5, en la letra b), en el inciso iv):

en lugar de: «[…] resultados, así como para ceder o conceder las licencias de dichos productos o tecnologías;»,

léase: «[…] resultados;».

16. En la página 41, en el artículo 5, en la letra d):

en lugar de: «[…] restringir el territorio en el que las partes pueden vender pasivamente los productos considerados en el contrato o conceder licencias de las tecnologías consideradas en el contrato, con la excepción del requisito de conceder a otra una licencia exclusiva de los resultados;»,

léase: «[…] restringir el territorio en el que las partes pueden vender pasivamente los productos considerados en el contrato o conceder licencias de las tecnologías consideradas en el contrato, o restringir los clientes a los que pueden hacer tales ventas o conceder tales licencias, con la excepción del requisito de conceder a otra una licencia exclusiva de los resultados;».

17. En la página 42, en el artículo 7, en la letra c):

en lugar de: «[…] apartado 2, letra e), párrafo segundo, […]»,

léase: «[…] apartado 2, párrafo segundo, letra e), […]».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/06/2011
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1217/2010, de 14 de diciembre (Ref. DOUE-L-2010-82369).
Materias
  • Defensa de la competencia
  • Investigación industrial
  • Mercado Común
  • Prácticas restrictivas de la competencia
  • Unión Europea

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