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Documento DOUE-L-2011-80856

Decisión del Consejo, de 11 de abril de 2011, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXIV, apartado 6, y del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en las listas de la República de Bulgaria y Rumanía en el contexto de su adhesión a la Unión Europea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 110, de 29 de abril de 2011, páginas 12 a 12 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-80856

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 29 de enero de 2007, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con otros miembros de la Organización Mundial del Comercio en virtud del artículo XXIV, apartado 6, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, en el contexto de las adhesiones de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea.

(2) La Comisión ha llevado a cabo las negociaciones con arreglo a las directrices de negociación adoptadas por el Consejo.

(3) Las negociaciones han finalizado y el 7 de septiembre de 2010 se rubricó el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXIV, apartado 6, y del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en las listas de la República de Bulgaria y Rumanía en el contexto de su adhesión a la Unión Europea («el Acuerdo»).

(4) Procede firmar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobada, en nombre de la Unión, la firma del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXIV, apartado 6, y del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en las listas de la República de Bulgaria y Rumanía en el contexto de su adhesión a la Unión Europea («el Acuerdo»), a reserva de la celebración del Acuerdo ( 1 ).

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 11 de abril de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

PINTÉR S.

_____________________________

( 1 ) El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 11/04/2011
  • Fecha de publicación: 29/04/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 11/04/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre celebración del Acuerdo: Decisión 2011/767, de 27 de octubre (Ref. DOUE-L-2011-82363).
Materias
  • Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT
  • Acuerdos internacionales
  • Bulgaria
  • Comercio extracomunitario
  • Contingentes arancelarios
  • Nueva Zelanda
  • Rumanía

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