EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 124/2009 ( 1 ), de 4 de diciembre de 2009.
(2) El anexo IV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 69/2010 ( 2 ), de 11 de junio de 2010.
(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1275/2008 ( 3 ) de la Comisión, de 17 de diciembre de 2008, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo concerniente a los requisitos de diseño ecológico aplicables al consumo de energía eléctrica en los modos preparado y desactivado de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina.
(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 107/2009 de la Comisión ( 4 ), de 4 de febrero de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los descodificadores simples.
(5) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 244/2009 de la Comisión ( 5 ), de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas de uso doméstico no direccionales.
(6) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 245/2009 de la Comisión ( 6 ), de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes sin balastos integrados, para lámparas de descarga de alta intensidad y para balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas, y se deroga la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
(7) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 278/2009 de la Comisión ( 7 ), de 6 de abril de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo concerniente a los requisitos de diseño ecológico aplicables a la eficiencia media en activo de las fuentes de alimentación externas y a su consumo de energía eléctrica durante el funcionamiento en vacío.
(8) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 640/2009 de la Comisión ( 8 ), de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos.
(9) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 641/2009 de la Comisión ( 9 ), de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos.
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( 1 ) DO L 62 de 11.3.2010, p. 9.
( 2 ) DO L 244 de 16.9.2010, p. 22.
( 3 ) DO L 339 de 18.12.2008, p. 45.
( 4 ) DO L 36 de 5.2.2009, p. 8.
( 5 ) DO L 76 de 24.3.2009, p. 3.
( 6 ) DO L 76 de 24.3.2009, p. 17.
( 7 ) DO L 93 de 7.4.2009, p. 3.
( 8 ) DO L 191 de 23.7.2009, p. 26.
( 9 ) DO L 191 de 23.7.2009, p. 35.
(10) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 642/2009 de la Comisión ( 1 ), de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a las televisiones.
(11) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 643/2009 de la Comisión ( 2 ), de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración domésticos.
(12) El Reglamento (CE) n o 245/2009 deroga, con efecto a partir del 13 de abril de 2010, la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 13 de abril de 2010.
(13) El Reglamento (CE) n o 643/2009 deroga, con efecto a partir del 1 de julio de 2010, la Directiva 96/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 1 de julio de 2010.
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( 1 ) DO L 191 de 23.7.2009, p. 42.
( 2 ) DO L 191 de 23.7.2009, p. 53.
( 3 ) DO L 279 de 1.11.2000, p. 33.
( 4 ) DO L 236 de 18.9.1996, p. 36.
DECIDE:
Artículo 1
El capítulo IV del anexo II del Acuerdo queda modificado como sigue:
1) Se suprime el texto del punto 5 (Directiva 96/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo).
2) Después del punto 7 (Decisión 2008/591/CE de la Comisión) se insertan los siguientes puntos:
«8. 32008 R 1275: Reglamento (CE) n o 1275/2008 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2008, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo concerniente a los requisitos de diseño ecológico aplicables al consumo de energía eléctrica en los modos preparado y desactivado de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina (DO L 339 de 18.12.2008, p. 45), modificado por:
— 32009 R 0278: Reglamento (CE) n o 278/2009 de la Comisión, de 6 de abril de 2009 (DO L 93 de 7.4.2009, p. 3).
— 32009 R 0642: Reglamento (CE) n o 642/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009 (DO L 191 de 23.7.2009, p. 42).
9. 32009 R 0107: Reglamento (CE) n o 107/2009 de la Comisión, de 4 de febrero de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los descodificadores simples (DO L 36 de 5.2.2009, p. 8).
10. 32009 R 0244: Reglamento (CE) n o 244/2009 de la Comisión, de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas de uso doméstico no direccionales (DO L 76 de 24.3.2009, p. 3).
11. 32009 R 0245: Reglamento (CE) n o 245/2009 de la Comisión, de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes sin balastos integrados, para lámparas de descarga de alta intensidad y para balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas, y se deroga la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 76 de 24.3.2009, p. 17).
12. 32009 R 0278: Reglamento (CE) n o 278/2009 de la Comisión, de 6 de abril de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo concerniente a los requisitos de diseño ecológico aplicables a la eficiencia media en activo de las fuentes de alimentación externas y a su consumo de energía eléctrica durante el funcionamiento en vacío (DO L 93 de 7.4.2009, p. 3).
13. 32009 R 0640: Reglamento (CE) n o 640/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 26).
14. 32009 R 0641: Reglamento (CE) n o 641/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 35).
15. 32009 R 0642: Reglamento (CE) n o 642/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a las televisiones (DO L 191 de 23.7.2009, p. 42).
16. 32009 R 0643: Reglamento (CE) n o 643/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración domésticos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 53).».
Artículo 2
El anexo IV del Acuerdo queda modificado como sigue:
1) Se suprime el texto del punto 13 (Directiva 96/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo).
2) Se suprime el texto del punto 15 (Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo).
3) Después del punto 30 [Reglamento (CE) n o 106/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo] se insertan los puntos siguientes:
«31. 32008 R 1275: Reglamento (CE) n o 1275/2008 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2008, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo concerniente a los requisitos de diseño ecológico aplicables al consumo de energía eléctrica en los modos preparado y desactivado de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina (DO L 339 de 18.12.2008, p. 45), modificado por:
— 32009 R 0278: Reglamento (CE) n o 278/2009 de la Comisión, de 6 de abril de 2009 (DO L 93 de 7.4.2009, p. 3).
— 32009 R 0642: Reglamento (CE) n o 642/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009 (DO L 191 de 23.7.2009, p. 42).
32. 32009 R 0107: Reglamento (CE) n o 107/2009 de la Comisión, de 4 de febrero de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los descodificadores simples (DO L 36 de 5.2.2009, p. 8).
33. 32009 R 0244: Reglamento (CE) n o 244/2009 de la Comisión, de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas de uso doméstico no direccionales (DO L 76 de 24.3.2009, p. 3).
34. 32009 R 0245: Reglamento (CE) n o 245/2009 de la Comisión, de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes sin balastos integrados, para lámparas de descarga de alta intensidad y para balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas, y se deroga la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 76 de 24.3.2009, p. 17).
35. 32009 R 0278: Reglamento (CE) n o 278/2009 de la Comisión, de 6 de abril de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo concerniente a los requisitos de diseño ecológico aplicables a la eficiencia media en activo de las fuentes de alimentación externas y a su consumo de energía eléctrica durante el funcionamiento en vacío (DO L 93 de 7.4.2009, p. 3).
36. 32009 R 0640: Reglamento (CE) n o 640/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 26).
37. 32009 R 0641: Reglamento (CE) n o 641/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 35).
38. 32009 R 0642: Reglamento (CE) n o 642/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a las televisiones (DO L 191 de 23.7.2009, p. 42).
39. 32009 R 0643: Reglamento (CE) n o 643/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración domésticos (DO L 191 de 23.7.2009, p. 53).».
Artículo 3
Los textos de los Reglamentos (CE) n os 1275/2008, 107/2009, 244/2009, 245/2009, 278/2009, 640/2009, 641/2009, 642/2009 y 643/2009 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el 12 de febrero de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 5
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de febrero de 2011.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
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(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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