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EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XVIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 109/2010, de 1 de octubre de 2010 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo (versión codificada) ( 2 ).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/161/UE de la Comisión, de 17 de diciembre de 2009, por la que se establece una tercera lista de valores límite de exposición profesional indicativos en aplicación de la Directiva 98/24/CE del Consejo y por la que se modifica la Directiva 2000/39/CE de la Comisión ( 3 ).
(4) La Directiva 2009/148/CE deroga la Directiva 83/477/CEE del Consejo ( 4 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.
DECIDE:
Artículo 1
El anexo XVIII del Acuerdo queda modificado de la forma especificada a continuación:
1) El texto del punto 5 (Directiva 83/477/CEE del Consejo) se sustituye por el siguiente:
«32009 L 0148: La Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo (versión codificada), debe incorporarse al Acuerdo.»
2) En el punto 16j (Directiva 2000/39/CE de la Comisión) se añade el siguiente guion:
«— 32009 L 0161: Directiva 2009/161/UE de la Comisión, de 17 de diciembre de 2009 (DO L 338 de 19.12.2009, p. 87).».
3) Después del punto 16je (Directiva 2006/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) se inserta el siguiente punto:
«16jf. 32009 L 0161: La Directiva 2009/161/UE de la Comisión, de 17 de diciembre de 2009, por la que se establece una tercera lista de valores límite de exposición profesional indicativos en aplicación de la Directiva 98/24/CE del Consejo y por la que se modifica la Directiva 2000/39/CE de la Comisión (DO L 338 de 19.12.2009, p. 87).».
Artículo 2
Los textos de las Directivas 2009/148/CE y 2009/161/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de diciembre de 2010, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2010.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Stefán Haukur JÓHANNESSON
______________________
( 1 ) DO L 332 de 16.12.2010, p. 59.
( 2 ) DO L 330 de 16.12.2009, p. 28.
( 3 ) DO L 338 de 19.12.2009, p. 87.
( 4 ) DO L 263 de 24.9.1983, p. 25.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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