Está Vd. en

Documento DOUE-L-2011-80575

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 137/2010, de 10 de diciembre de 2010, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 85, de 31 de marzo de 2011, páginas 21 a 21 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-80575

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 123/2010, de 10 de noviembre de 2010 ( 1 ).

(2) El Reglamento (CE) n o 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 2320/2002 ( 2 ), fue incorporado al Acuerdo mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 69/2009, de 29 de mayo de 2009 ( 3 ), con algunas adaptaciones específicas por países.

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 297/2010 de la Comisión, de 9 de abril de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 272/2009 que completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil ( 4 ).

DECIDE:

Artículo 1

En el anexo XIII del Acuerdo, al punto 66ha [Reglamento (CE) n o 272/2009 de la Comisión], se añade el siguiente texto:

«, modificado por:

— 32010 R 0297: Reglamento (UE) n o 297/2010 de la Comisión, de 9 de abril de 2010 (DO L 90 de 10.4.2010, p. 1).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 297/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 11 de diciembre de 2010, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2010.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Stefán Haukur JÓHANNESSON

______________________

( 1 ) DO L 58 de 3.3.2011, p. 81.

( 2 ) DO L 97 de 9.4.2008, p. 72.

( 3 ) DO L 232 de 3.9.2009, p. 25.

( 4 ) DO L 90 de 10.4.2010, p. 1.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/12/2010
  • Fecha de publicación: 31/03/2011
  • Entrada en vigor: 11 de diciembre de 2011, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Navegación aérea
  • Transportes aéreos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid