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Documento DOUE-L-2011-80471

Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de febrero de 2011, sobre el cierre de las cuentas de la Escuela Europea de Policía para el ejercicio 2008.

Publicado en:
«DOUE» núm. 62, de 9 de marzo de 2011, páginas 31 a 31 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-80471

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas de la Escuela Europea de Policía para el ejercicio 2008, de conformidad con la información facilitada en el estado financiero definitivo de la CEPOL para 2009, de 5 de julio de 2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Escuela Europea de Policía correspondientes al ejercicio 2008, acompañado de las respuestas de la Escuela ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010 (5827/2010 — C7-0061/2010),

— Vistas su Decisión de 5 de mayo de 2010 ( 2 ) por la que aplaza la decisión sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2008, así como las respuestas del director de la Escuela Europea de Policía,

— Vista su Decisión de 7 de octubre de 2010 ( 3 ) por la que deniega la aprobación de la gestión al Director de la Escuela Europea de Policía para el ejercicio 2008,

— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 185,

— Vista la Decisión 2005/681/JAI del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, por la que se crea la Escuela Europea de Policía (CEPOL) y por la que se deroga la Decisión 2000/820/JAI ( 5 ), y, en particular, su artículo 16,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de la Comunidades Europeas ( 6 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento y, en particular, el artículo 5, apartado 2, letra b), párrafo primero, de dicho anexo,

1. Cierra las cuentas de la Escuela Europea de Policía para el ejercicio 2008;

2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al director de la Escuela Europea de Policía, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Jerzy BUZEK

El Secretario

General Klaus WELLE

______________________

( 1 ) DO C 304 de 15.12.2009, p. 124.

( 2 ) DO L 252 de 25.9.2010, p. 232.

( 3 ) DO L 320 de 7.12.2010, p. 11.

( 4 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 5 ) DO L 256 de 1.10.2005, p. 63.

( 6 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 03/02/2011
  • Fecha de publicación: 09/03/2011
Materias
  • Escuela Europea de Policía
  • Presupuestos comunitarios
  • Unión Europea

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