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Documento DOUE-L-2010-82327

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 99/2010, de 1 de octubre de 2010, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 332, de 16 de diciembre de 2010, páginas 49 a 49 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-82327

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 43/2010, de 30 de abril de 2010 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2010/198/UE de la Comisión, de 6 de abril de 2010, por la que se exime a Letonia de determinadas obligaciones de aplicar lo dispuesto en las Directivas 66/402/CEE y 2002/57/CE con respecto a las especies Avena strigosa Schreb., Brassica nigra (L.) Koch y Helianthus annuus L. ( 2 ).

(3) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 79 del capítulo III del anexo I del Acuerdo (Decisión 2009/786/CE de la Comisión), bajo el encabezamiento «ACTOS QUE LOS ESTADOS DE LA AELC Y EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC DEBERÁN TENER EN CUENTA», se inserta el siguiente punto:

«80. 32010 D 0198: Decisión 2010/198/UE de la Comisión, de 6 de abril de 2010, por la que se exime a Letonia de determinadas obligaciones de aplicar lo dispuesto en las Directivas 66/402/CEE y 2002/57/CE con respecto a las especies Avena strigosa Schreb., Brassica nigra (L.) Koch y Helianthus annuus L. (DO L 87 de 7.4.2010, p. 34).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión 2010/198/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de octubre de 2010.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Stefán Haukur JÓHANNESSON

_____________________

( 1 ) DO L 181 de 15.7.2010, p. 11.

( 2 ) DO L 87 de 7.4.2010, p. 34.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 01/10/2010
  • Fecha de publicación: 16/12/2010
  • Entrada en vigor: 1 de noviembre de 2010, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Plantas
  • Semillas

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