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EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades relativas al ejercicio 2008,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2008, acompañado de las respuestas del Centro ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010 (5827/2010 — C7-0061/2010),
— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ( 3 ), y, en particular, su artículo 23,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0104/2010),
1. Aprueba la gestión del director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2008;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Jerzy BUZEK
El Secretario General
Klaus WELLE
______________________
( 1 ) DO C 304 de 15.12.2009, p. 112.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 5 de mayo de 2010
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2008
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades relativas al ejercicio 2008,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2008, acompañado de las respuestas del Centro ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010 (5827/2010 – C7-0061/2010),
— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ( 3 ), y, en particular, su artículo 23,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94, — Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0104/2010),
A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2008 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;
B. Considerando que, el 23 de abril de 2009, el Parlamento aprobó la gestión del Director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2007 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento:
— constató que el presupuesto del Centro aumentó de 17 100 000 EUR, en 2006, a 28 900 000 EUR, en 2007,
— observó que, en 2006, el porcentaje de prórrogas fue de cerca del 45 % y que en 2007 no se lograron mejoras de consideración, cuando casi se alcanzó el 43 %, lo que demostraba las dificultades del Centro a la hora de ejecutar su presupuesto, — tomó nota de la observación del Tribunal de Cuentas de que la cantidad de enmiendas presupuestarias revelaba deficiencias en la supervisión de la ejecución presupuestaria, 1. Manifiesta su complacencia por el satisfactorio quinto año de funcionamiento del Centro; constata que el presupuesto del Centro aumentó de 17 100 000 EUR en 2006 a 28 900 000 EUR en 2007 y a 40 700 000 en 2008;
____________________
( 1 ) DO C 304 de 15.12.2009, p. 112.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 5 ) DO L 255 de 26.9.2009, p. 133.
Rendimiento
2. Toma nota, en consecuencia, de que el Centro ha consolidado sus funciones de salud pública, ha reforzado las capacidades de sus programas destinados a enfermedades específicas, ha desarrollado asociaciones y ha mejorado sus estructuras de gestión; 3. Pide al Centro que, en el cuadro que incluya como anexo en el siguiente informe del Tribunal de Cuentas, presente una comparación entre las actividades realizadas durante el ejercicio examinado y las realizadas durante el ejercicio precedente, con el fin de permitir que la autoridad responsable de aprobar la gestión pueda evaluar mejor el rendimiento de la Agencia entre un año y el siguiente; Prórroga de créditos
4. Toma nota de la constatación por parte del Tribunal de Cuentas de que alrededor de 16 200 000 EUR (correspondientes al 40 % del presupuesto total del Centro) tuvieron que ser prorrogados; le preocupa, por consiguiente, que esta situación sea contraria al principio de anualidad y muestre deficiencias en la programación y el seguimiento de la ejecución del presupuesto por parte del Centro;
5. Observa que, en el año 2008, el Centro ingresó en concepto de intereses 313 000 EUR y que, de conformidad con el Reglamento financiero, tuvieron que devolverse a la Comisión 307 000 EUR; considera, basándose en las cuentas anuales y en el aumento de los intereses percibidos, que el Centro dispuso durante largo tiempo de un efectivo de caja extremadamente elevado; toma nota de que, el 31 de diciembre de 2008, el efectivo en caja del Centro ascendía a 16 705 090,95 EUR; pide a la Comisión que considere qué posibilidades existen para que se aplique plenamente una gestión de la liquidez orientada a las necesidades de conformidad con el artículo 15, apartado 5, del Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002, y qué cambios de enfoque son necesarios para mantener permanentemente al mínimo el efectivo en caja del Centro;
6. Toma nota de los esfuerzos del Centro por concluir a principios de 2009 las actividades de licitación y de contratación iniciadas en 2008 para disminuir el nivel de prórrogas; Sede del Centro
7. Manifiesta su preocupación por el hecho de no haberse alcanzado todavía, a 31 de diciembre de 2008, un acuerdo firme entre el Centro y el Gobierno de Suecia por quedar numerosas cuestiones pendientes que requerían nuevas negociaciones; destaca que, en su aprobación de la gestión correspondiente al ejercicio 2007, la autoridad encargada de dicha aprobación ya manifestó su preocupación por la observación del Tribunal de Cuentas de que el Centro gastó 500 000 EUR en obras de renovación en los edificios alquilados que ocupa y por el hecho de que, en 2006, la ejecución de esas obras se decidiera mediante un acuerdo directo entre el Centro y el propietario, sin que se especificaran la naturaleza de las obras, los plazos o las condiciones de pago; celebra, no obstante, que se alcanzara un acuerdo en marzo de 2009 sobre los números de identidad personal y apoya los esfuerzos del Centro por encontrar soluciones definitivas con el Gobierno sueco;
8. Recuerda al Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre las agencias descentralizadas que en sus debates debe abordar con carácter general esta cuestión; Recursos humanos
9. Destaca que subsisten aún algunas deficiencias en la planificación de los procedimientos de contratación; expresa su especial preocupación por el hecho de que, a finales de 2008, tan solo se hayan cubierto 101 puestos de los 130 autorizados;
10. Toma nota de los esfuerzos realizados para cubrir los 130 puestos de la plantilla de efectivos autorizada en 2008; celebra la contratación adicional de 54 personas (agentes temporales, contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio), con lo que se consiguió que hubiera 101 puestos ocupados a finales de 2008, lo que contribuirá a garantizar la viabilidad del Centro y le permitirá cumplir las tareas que le han sido encomendadas; lamenta que fuera necesario volver a publicar 16 procedimientos de contratación; apoya las medidas del Centro para mejorar esta situación; celebra que el Centro haya revisado su organización interna;
Auditoría interna
11. Lamenta que el Centro no haya cumplido totalmente con su obligación de transmitir a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión un informe elaborado por su director en el que se resuman el número de auditorías internas realizadas por el auditor interno, tal como establece el artículo 72, apartado 5, del Reglamento financiero marco; reconoce, no obstante, que el Centro sí proporcionó alguna información sobre las seis recomendaciones aún abiertas, que el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión considera «muy importantes»; observa que estas se refieren a la calidad de la gestión (en lo relativo al asesoramiento técnico, a las comunicaciones sanitarias y al refuerzo del actual procedimiento de evaluación de amenazas/riesgos internos) y a la aplicación de otras normas de control interno (como por ejemplo la identificación de deficiencias y la estructuración del informe de actividad anual;
12. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 5 de mayo de 2010 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.
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( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2010)0139 (véase la página 241 del presente Diario Oficial).
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