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Documento DOUE-L-2010-80888

Reglamento (UE) nº 450/2010 de la Comisión, de 21 de mayo de 2010, por el que se modifica por centésima vigésimoctava vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes.

Publicado en:
«DOUE» núm. 127, de 26 de mayo de 2010, páginas 8 a 9 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80888

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 467/2001 del Consejo, por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán ( 1 ), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 1 ( 2 ),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.

(2) El 11 de mayo de 2010, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió añadir a dos personas físicas a la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos y modificar dos entradas de la lista.

(3) En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 debe modificarse en consecuencia.

(4) Con objeto de garantizar que las medidas establecidas en el presente Reglamento sean efectivas, el presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de mayo de 2010 Por la Comisión, en nombre del Presidente João VALE DE ALMEIDA

Director General de Relaciones Exteriores

_______________________________

( 1 ) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

( 2 ) El artículo 7 bis se insertó en virtud del Reglamento (UE) n o 1286/2009 (DO L 346 de 23.12.2009, p. 42).

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado como sigue:

1) En el epígrafe «Personas físicas» se añaden las siguientes entradas:

a) «Nayif Bin-Muhammad al-Qahtani (alias a) Nayif Bin-Muhammad al-Qahtani, b) Nayef Bin Muhammad al-Qahtani, c) Nayif Muhammad al-Qahtani, d) Nayf Mohammed al-Qahtani, e) Naif Mohammad Said al- Qahtani Alkodri, f) Naif Mohammed Saeed al-Kodari al-Qahtani, g) Nayef Bin Mohamed al-Khatani, h) Mohammed Naif al-Khatani, i) Nayef bin Mohamed al-Khatany, j) Al-Qahtani Abohemem, k) Abi Hamam, l) Abu-Hamam, m) Abu-Humam, n) Abu-Hammam, o) Abu Hammam al-Qahtani). Dirección: Yemen. Fecha de nacimiento: 25.3.1988. Lugar de nacimiento: Arabia Saudí. Nacionalidad: saudí. Pasaporte n o : G449745 (pasaporte de Arabia Saudí expedido el 30 de mayo de 2006 y válido hasta el 6 de abril de 2011). Información adicional: Asociado con AlQaida en la Península Arábiga y su dirigente, Nasir ’abd-al-Karim ’Abdullah Al-Wahishi. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 11.5.2010.»

b) «Qasim Yahya Mahdi al-Rimi (alias a) Qasim Al-Rimi, b) Qasim al-Raymi, c) Qassim al-Raymi, d) Qasim al-Rami, e) Qasim Yahya Mahdi ’Abd al-Rimi, f) Abu Hurayah al-Sana’ai, g) Abu ’Ammar). Dirección: Yemen. Fecha de nacimiento: 5.6.1978. Lugar de nacimiento: Sanaa, Yemen. Nacionalidad: yemení. Pasaporte n o : 00344994 (pasaporte yemení expedido el 3 de julio de 1999). Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 11.5.2010.»

2) Del epígrafe «Personas físicas», la entrada «Hassan Abdullah Hersi Al-Turki (alias a) Hassan Turki, b) Hassen Abdelle Fihiye, c) Sheikh Hassan Abdullah Fahaih). Título: a) jeque (sheikh), b) coronel. Fecha de nacimiento: en torno a 1944. Lugar de nacimiento: Región V, Etiopía (la Región de Ogaden en Etiopía oriental). Nacionalidad: somalí. Información adicional: a) se informa de que se encuentra activo en el sur de Somalia, en el bajo Juba, cerca de Kismayo, principalmente en Jilibe y Burgabo, desde noviembre de 2007; b) origen familiar: pertenece al clan Ogaden, subclan Reer-Abdille; c) forma parte del liderazgo de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI); d) se cree que estuvo implicado en los ataques a las embajadas de Estados Unidos en Nairobi y Dar es Salaam en agosto de 1998. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.» se sustituye por el texto siguiente:

«Hassan Abdullah Hersi Al-Turki (alias a) Hassan Turki, b) Hassen Abdelle Fihiye, c) Sheikh Hassan Abdullah Fahaih, d) Hassan Al- Turki, e) Hassan Abdillahi Hersi Turki, f) Sheikh Hassan Turki, g) Xasan Cabdilaahi Xirsi, h) Xasan Cabdulle Xirsi). Fecha de nacimiento: en torno a 1944. Lugar de nacimiento: Región V, Etiopía (la Región de Ogaden en Etiopía Oriental). Nacionalidad: somalí. Información adicional: a) se informa de que se encuentra activo en el sur de Somalia, en el bajo Juba, cerca de Kismayo, principalmente en Jilibe y Burgabo, desde noviembre de 2007; b) origen familiar: pertenece al clan Ogaden, subclan Reer-Abdille; c) forma parte del liderazgo de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI); d) sujeto a las medidas establecidas en el Reglamento (UE) n o 356/2010 relativo a Somalia. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.7.2004»

3) Del epígrafe «Personas físicas», la entrada «Hassan Dahir Aweys (alias a) Ali, Sheikh Hassan Dahir Aweys, b) Awes, Shaykh Hassan Dahir, c) Hassen Dahir Aweyes, d) Ahmed Dahir Aweys, e) Mohammed Hassan Ibrahim, f) Aweys Hassan Dahir). Título: a) jeque (sheikh), b) coronel. Fecha de nacimiento: 1935. Nacionalidad: somalí. Información adicional: a) se informó de que se encontraba en Eritrea desde el 12 de noviembre de 2007; b) origen familiar: pertenece al clan Hawiya, Habergdir, Ayr; c) alto dirigente de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI).» se sustituye por el texto siguiente:

«Hassan Dahir Aweys (alias a) Ali, Sheikh Hassan Dahir Aweys, b) Awes, Shaykh Hassan Dahir, c) Hassen Dahir Aweyes, d) Ahmed Dahir Aweys, e) Mohammed Hassan Ibrahim, f) Aweys Hassan Dahir, g) Hassan Tahir Oais, h) Hassan Tahir Uways, i) Hassan Dahir Awes, j) Sheikh Aweys, k) Sheikh Hassan, l) Sheikh Hassan Dahir Aweys). Título: a) jeque (sheikh), b) coronel. Fecha de nacimiento: 1935. Nacionalidad: somalí. Información adicional: a) se informó de que se encontraba en Eritrea desde el 12 de noviembre de 2007; b) origen familiar: pertenece al clan Hawiya, Habergdir, Ayr; c) alto dirigente de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI); d) sujeto a las medidas establecidas en el Reglamento (UE) n o 356/2010 relativo a Somalia. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 9.11.2001.»

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/05/2010
  • Fecha de publicación: 26/05/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 26/05/2010
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

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