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Documento DOUE-L-2010-80557

Decisión 2010/179/PESC del Consejo, de 11 de marzo de 2010, en apoyo de las actividades de control de armamentos del Centro de Intercambios de la región de Europa Sudoriental para la reducción de las armas pequeñas (SEESAC) en los Balcanes Occidentales en el marco de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones.

Publicado en:
«DOUE» núm. 80, de 26 de marzo de 2010, páginas 48 a 51 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80557

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, el artículo 26, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La acumulación y la proliferación excesivas e incontroladas de armas ligeras y de pequeño calibre (APAL) ha disparado la inseguridad en Europa Sudoriental, exacerbando el conflicto regional y obstaculizando la consolidación de la paz tras el conflicto, y supone una amenaza grave para la paz y la seguridad de la región.

(2) Los días 15 y 16 de diciembre de 2005, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones («Estrategia APAL UE»), que establece directrices para la actuación de la UE en materia de armas pequeñas y ligeras.

(3) La Estrategia APAL UE incluye entre sus objetivos impulsar un multilateralismo eficaz para forjar mecanismos internacionales, regionales o internos de la UE y sus Estados miembros contra la oferta y la difusión desestabilizadora de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones.

La Estrategia APAL UE define también los Balcanes Occidentales como una de las regiones más afectadas por el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de armas, en calidad de región receptora, exportadora o de tránsito.

(4) Bajo los auspicios del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y del Pacto de Estabilidad para Europa Sudoriental (conocido desde 2008 como el Consejo de cooperación regional), se creó un «Centro de Intercambios de la región de Europa Sudoriental y Oriental para la reducción de las armas pequeñas» (en lo sucesivo, «SEESAC»), con sede en Belgrado, y que consiste en una unidad de apoyo técnico, que apoya una serie de actividades operativas de ámbito nacional y regional.

(5) Entre los objetivos que persigue SEESAC se encuentran la prevención de la proliferación y acumulación excesiva de armas pequeñas y ligeras y sus municiones en toda la región de Europa Sudoriental. SEESAC insiste particularmente en el desarrollo de proyectos regionales para afrontar la realidad de los flujos transfronterizos de armas.

(6) La UE había dado previamente su apoyo a SEESAC a través de la Decisión 2002/842/PESC del Consejo, de 21 de octubre de 2002, relativa a la aplicación de la Acción común 2002/589/PESC, ampliada y modificada por las Decisiones del Consejo 2003/807/PESC de 17 de noviembre de 2003 y 2004/791/PESC de 22 de noviembre de 2004. La aplicación de estas Decisiones del Consejo fue acogida con satisfacción por el Consejo de la Unión Europea.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. La UE propiciará el fomento de la seguridad y la paz en los Balcanes Occidentales apoyando un multilateralismo efectivo y a las iniciativas regionales pertinentes destinadas a reducir el riesgo que supone para la paz y la seguridad la proliferación y la acumulación excesiva de armas pequeñas y ligeras y sus municiones (APAL).

2. Para lograr el objetivo a que hace referencia el apartado 1, la UE apoyará un proyecto del SEESAC destinado a reducir la amenaza planteada por las armas pequeñas y ligeras para la seguridad en los Balcanes Occidentales. Las actividades que apoyará la UE tendrán los siguientes objetivos específicos:

— mejorar la gestión y la seguridad de los arsenales de armas y municiones inseguros e inestables,

— reducir los arsenales de armas y municiones mediante su destrucción,

— reforzar los controles sobre las APAL mediante la aplicación de instrumentos nacionales e internacionales sobre el marcado y la localización en los Balcanes Occidentales y la mejora del proceso de registro de las armas.

En el anexo figura una descripción detallada del proyecto mencionado.

Artículo 2

1. El Alto Representante de la Unión para la Política Exterior y de Seguridad Común (en lo sucesivo, «el AR»), será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

2. La ejecución técnica del proyecto mencionado en el artículo 1, apartado 2, correrá a cargo del SEEAC. Este realizará sus tareas bajo la responsabilidad de la Presidencia y bajo el control del AR. A tal fin, el AR establecerá los acuerdos necesarios con el SEESAC.

Artículo 3

1. El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto citado enumerado en el artículo 1, apartado 2, será de 1 600 000 EUR.

2. La gestión de los gastos financiados mediante el importe citado en el apartado 1 se efectuará con arreglo a los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión Europea.

3. La Comisión supervisará la correcta administración de los gastos a que se refiere el apartado 1. A tal efecto celebrará un acuerdo de financiación con el PNUD representando al SEEAC. El acuerdo que se celebre estipulará que el SEEAC se encargará de dar a la contribución de la UE una visibilidad acorde con su cuantía.

4. La Comisión procurará celebrar lo antes posible el acuerdo de financiación mencionado en el apartado 3, una vez haya entrado en vigor la presente Decisión del Consejo. Informará al Consejo de cualquier dificultad que surja en el proceso y de la fecha de celebración del acuerdo de financiación.

Artículo 4

El AR informará al Consejo sobre la aplicación de la presente Decisión basándose en informes periódicos elaborados por el SEEAC. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo. La Comisión informará sobre los aspectos financieros de la ejecución del proyecto.

Artículo 5

1. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2. La presente Decisión expirará 24 meses después de la celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3, o bien seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si hasta ese momento no se ha celebrado ningún acuerdo financiero.

Artículo 6

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2010.

Por el Consejo

El Presidente

J. BLANCO

ANEXO

CONTRIBUCIÓN DE LA UE AL PROYECTO DEL SEESAC SOBRE ARMAS PEQUEÑAS Y LIGERAS EN LOS BALCANES OCCIDENTALES

1. Introducción

En la Estrategia APAL de la UE se ha reconocido que la acumulación a gran escala de armas pequeñas y ligeras en Europa Sudoriental representa un importante desafío para la paz y la seguridad. Los países de los Balcanes Occidentales representan un particular motivo de preocupación debido a la acumulación histórica de arsenales de armas y municiones. Esta región no está únicamente afectada por la proliferación de armas pequeñas y ligeras y sus municiones, sino que sigue presentando riesgos de tráfico de armas hacia otras zonas de conflicto.

En la actualidad, el principal desafío para los países de los Balcanes Occidentales es la aplicación práctica de sus compromisos jurídicos y políticos en materia de control de armas pequeñas y ligeras, en particular el Programa de acción de la ONU en materia de armas pequeñas y ligeras y el «Instrumento internacional para la localización».

Por tanto, y con el objetivo de reducir al mínimo el riesgo de proliferación de armas pequeñas y ligeras, es fundamental aumentar la seguridad de los arsenales existentes de armas pequeñas y ligeras y sus municiones, destruir los excedentes y establecer controles más severos de armas pequeñas y ligeras, también mediante la aplicación a nivel regional del Instrumento internacional para la localización y la mejora del proceso de registro. Estos objetivos y actividades están en consonancia con los consagrados en la Estrategia de la UE sobre armas pequeñas y ligeras. El SEESAC propone realizar proyectos en relación con estos tres ámbitos de actividades.

2. Descripción del proyecto

2.1. Mejorar la gestión de los arsenales

2.1.1. Módulos regionales de formación sobre gestión de arsenales de armas pequeñas y ligeras

Para contribuir al aumento de la seguridad y la protección de los arsenales de armas y municiones, el proyecto plantea llevar a cabo tres módulos de formación para funcionarios encargados de recursos materiales de los Ministerios de Defensa e Interior de los países de los Balcanes Occidentales. Este curso se ofrecerá a los equipos y a los agentes de inspección para ayudarles a familiarizarse con las mejores prácticas en relación con las técnicas de gestión de arsenales.

La ejecución del proyecto contribuirá a una mayor sensibilización en relación con las normas internacionales y las mejores prácticas en materia de gestión de arsenales. Se reforzará el nivel y la calidad de la ejecución de procedimientos de gestión de los arsenales mejorando la seguridad y protección de los mismos.

2.1.2. Mejora de la seguridad y la protección en los sitios de almacenamiento de armas pequeñas y ligeras y sus municiones

El proyecto mejorará la seguridad y protección de los almacenes de armamento y municiones en los Balcanes Occidentales prestando asistencia técnica específica sobre infraestructuras para reforzar las capacidades de almacenamiento seguro. Las actividades del proyecto contribuirán a que los Ministerios de Defensa de Bosnia y Herzegovina y Montenegro, así como el Ministerio del Interior de la República de Croacia adquieran e instalen los equipos necesarios para la seguridad de los arsenales de armamento y municiones. Se ofrecerá formación al personal encargado de la gestión de los arsenales.

El proyecto dará lugar a la mejora de las disposiciones de seguridad y de control del acceso a las instalaciones seleccionadas, mejorando de este modo la seguridad de los arsenales. En consecuencia, disminuirán de manera significativa el riesgo de robo o de explosiones incontroladas mediante un mejor control del estado de las municiones y las armas.

2.2. Destrucción de armas pequeñas y ligeras

El objetivo del proyecto es aumentar la seguridad y disminuir el riesgo de proliferación, reduciendo significativamente los excedentes de armas almacenadas. Para reducir el excedente de armas pequeñas y ligeras en posesión de los Ministerios del Interior de Croacia y Serbia, el proyecto llevará a cabo varias actividades de destrucción de estas armas. En Croacia, el proyecto plantea la destrucción de unas 30 000 unidades de armamento. En Serbia, el número de armas que deben destruirse se estima en unas 40 000 unidades.

El proyecto dará lugar a un número significativamente menor de excedentes de armas pequeñas y ligeras confiscadas en los arsenales del Ministerio del Interior de Croacia y Serbia. La destrucción de las armas recuperadas contribuirá significativamente a la prevención de una futura proliferación de armas pequeñas y ligeras. Además, contribuirá a mejorar la seguridad y a una mayor concienciación de los asuntos relacionados con las armas pequeñas y ligeras en ambos países.

2.3. Aumento de los controles de las armas pequeñas y ligeras

2.3.1. Desarrollo de los sistemas nacionales de registro y archivo de datos de armamento

El proyecto abordará el desarrollo o mejora de los sistemas existentes de registro, licencia y archivo de datos en materia de armas. Los sistemas de registro incluirán las operaciones relacionadas con la localización de las armas de fuego en posesión de particulares o de personas jurídicas y la cantidad de munición que están autorizados a poseer. En apoyo del archivo de datos se desarrollarán productos informáticos que identifiquen no solo las armas en posesión de civiles, sino también las operaciones relacionadas con la gestión de armas, municiones y explosivos en los arsenales, almacenes autorizados, o armerías, tales como las comisarías locales de policía o los almacenes centrales. Será posible identificar las armas, los usuarios y la localización de almacenamiento del material cuando no se utilice. Las actividades del proyecto brindarán una infraestructura técnica adecuada para la implantación de programas informáticos de registro de armas.

El desarrollo y el establecimiento de sistemas electrónicos de registro y conservación de datos en relación con las armas dará lugar a la implantación de requisitos de registro y conservación de datos establecidos en el Protocolo de la ONU sobre las armas de fuego y en el Instrumento internacional para la localización.

2.3.2. Recogida y registro de armas

El objetivo del proyecto es apoyar la recogida de cualquier arma, artefacto explosivo y municiones convencionales y explosivas asociadas, incluido mediante la legalización de las armas en posesión de civiles mediante su registro.

Las acciones de sensibilización se coordinarán mediante comités compuestos por especialistas de los Ministerios del Interior y del PNUD y SEESAC, a los que se sumarán otros expertos en relaciones públicas, cuando sea necesario para difundir de manera adecuada los datos de la legislación y la entrega voluntaria de armas de fuego ilegales. Las campañas se concentrarán en las vías locales de difusión que puedan llegar a la población con la mayor eficacia. La difusión de información local se reforzará a nivel nacional mediante reportajes, entrevistas y documentales. La información sobre las campañas se difundirá a través de medios de comunicación electrónicos y escritos. Los mensajes de la campaña serán positivos y mostrarán la aplicación práctica de la ley.

El proyecto mejorará la seguridad en toda la región de los Balcanes Occidentales al retirar las armas peligrosas de las calles mediante la comunicación recíproca entre ciudadanos y policía. En particular, el proyecto llegará a todos los grupos de edad que estén en posesión de armas ilegales y a los que tengan la intención de adquirir armas.

2.3.3. Seminario regional sobre marcado y localización

El proyecto prevé la organización de un seminario regional de dos días de duración que se ha propuesto provisionalmente que se celebre en Belgrado, Serbia. En el seminario se facilitará una información actualizada sobre la situación de la adhesión a instrumentos internacionales y de la adopción de legislación nacional sobre marcado y localización en los Balcanes Occidentales. El seminario abordará una revisión de la aplicación de la legislación nacional. El objetivo específico será la aplicación del requisito de marcado a las armas importadas previsto en el Protocolo de la ONU sobre las armas de fuego.

Entre los participantes en este seminario regional se contarán, en particular, representantes de los países de los Balcanes Occidentales, de organizaciones internacionales incluidas las ONG, y de empresas nacionales, así como expertos técnicos de los Estados miembros de la UE. Se espera la asistencia de hasta 50 participantes.

El seminario elaborará un informe de las presentaciones, debates y recomendaciones. Los documentos del seminario estarán disponibles en línea.

3. Duración

La duración total prevista del proyecto será de 24 meses.

4. Beneficiarios

Los beneficiarios de este proyecto son las instituciones nacionales de los países de los Balcanes Occidentales encargadas del control de armamento y la gestión de arsenales.

La población de los países de los Balcanes Occidentales en general se beneficiará de este proyecto habida cuenta de la disminución del riesgo de inseguridad e inestabilidad derivado de la gran proliferación de armas pequeñas y ligeras.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 11/03/2010
  • Fecha de publicación: 26/03/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 11/03/2010
Materias
  • Armas
  • Armas convencionales
  • Bosnia Herzegovina
  • Cooperación internacional
  • Croacia
  • Montenegro
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Serbia

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