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EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 31/2006, de 10 de marzo de 2006 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2009/108/CE de la Comisión, de 3 de febrero de 2009, por la que se modifica la Decisión 2002/364/CE, sobre especificaciones técnicas comunes para productos sanitarios de diagnóstico in vitro ( 2 ).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 3 (Decisión 2002/364/CE de la Comisión) del capítulo XXX del anexo II del Acuerdo, se añade el texto siguiente:
«, modificado por:
— 32009 D 0108: Decisión 2009/108/CE de la Comisión, de 3 de febrero de 2009 (DO L 39 de 10.2.2009, p. 34).».
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2009/108/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 5 de diciembre de 2009, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 4 de diciembre de 2009.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Oda Helen SLETNESES
_________________
( 1 ) DO L 147 de 1.6.2006, p. 48.
( 2 ) DO L 39 de 10.2.2009, p. 34.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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