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EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera ( 1 ), y en particular sus apartados 21, 22, párrafos primero y segundo, y 23,
Vista la propuesta modificada de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) En la reunión de concertación presupuestaria de 18 de noviembre de 2009 el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión acordaron las modalidades para proporcionar financiación adicional, en el marco del Plan Europeo de Recuperación Económica, a proyectos en el ámbito de la energía y de Internet de banda ancha, así como a inversiones destinadas a reforzar las operaciones relacionadas con los «nuevos desafíos» definidos en el contexto de la evaluación de la reforma intermedia de 2003 de la política agrícola común («el chequeo») ( 2 ). La financiación requiere una revisión del Marco Financiero Plurianual 2007-2013 de conformidad con los apartados 21, 22, y 23 del Acuerdo Interinstitucional, a fin de aumentar el techo para el año 2010 de los créditos de compromiso con cargo a la subrúbrica 1a por una cantidad de 1 779 millones EUR a precios corrientes.
(2) El incremento del techo de la subrúbrica 1a para el año 2010 se compensará completamente disminuyendo los techos de los créditos de compromiso de las subrúbricas 1a, 1b, y 3a, y las rúbricas 2 y 5 para el año 2009 así como los techos de los créditos de compromiso de la subrúbrica 1a, y de las rúbricas 2 y 5 para 2010.
(3) Con el fin de mantener una relación ordenada entre compromisos y pagos, deben ajustarse los techos anuales de los créditos de pago. Este ajuste será neutro.
(4) Conviene modificar, en consecuencia, el anexo I del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera ( 3 ).
DECIDEN:
Artículo único
Se sustituye el anexo I del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera por el anexo de la presente Decisión.
Hecho en Estrasburgo, el 17 de diciembre de 2009.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
J. BUZEK
Por el Consejo
El Presidente
H. LINDBLAD
___________________
( 1 ) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
( 2 ) COM (2008) 800, COM (2008) 859, COM (2009) 171 y DO L 132 de 29.5.2009, p. 8.
( 3 ) Para ello, las cifras resultantes del acuerdo antes mencionado se convierten a los precios de 2004.
ANEXO
MARCO FINANCIERO 2007-2013
(millones EUR - precios de 2004)
Créditos de compromiso
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
Total
2007-2013
1. Crecimiento Sostenible
50 865
53 262
55 879
56 435
55 400
56 866
58 256
386 963
1a Competitividad para el crecimiento y el empleo
8 404
9 595
12 018
12 580
11 306
12 122
12 914
78 939
1b Cohesión para el crecimiento y el empleo
42 461
43 667
43 861
43 855
44 094
44 744
45 342
308 024
2. Conservación y gestión de los recursos naturales
51 962
54 685
51 023
53 238
52 528
51 901
51 284
366 621
incluidos gastos de mercado y pagos directos
43 120
42 697
42 279
41 864
41 453
41 047
40 645
293 105
3. Ciudadanía, libertad, seguridad y justicia
1 199
1 258
1 375
1 503
1 645
1 797
1 988
10 765
3a Libertad, seguridad y justicia
600
690
785
910
1 050
1 200
1 390
6 625
3b Ciudadanía
599
568
590
593
595
597
598
4 140
4. La Unión Europea como actor mundial
6 199
6 469
6 739
7 009
7 339
7 679
8 029
49 463
5. Administración (1 )
6 633
6 818
6 816
6 999
7 255
7 400
7 610
49 531
6. Compensaciones
419
191
190
800
TOTAL DE CRÉDITOS DE COMPROMISO
117 277
122 683
122 022
125 184
124 167
125 643
127 167
864 143
en porcentaje de la RNB
1,08 %
1,09 %
1,06 %
1,06 %
1,03 %
1,02 %
1,01 %
1,048 %
TOTAL DE CRÉDITOS DE PAGO
115 142
119 805
109 091
119 245
116 884
120 575
119 784
820 526
en porcentaje de la RNB
1,06 %
1,06 %
0,95 %
1,01 %
0,97 %
0,98 %
0,95 %
1,00 %
Margen disponible
0,18 %
0,18 %
0,29 %
0,23 %
0,27 %
0,26 %
0,29 %
0,24 %
Techo máx. recursos propios en porcentaje de la RNB
1,24 %
1,24 %
1,24 %
1,24 %
1,24 %
1,24 %
1,24 %
1,24 %
(1 ) El cálculo de los gastos correspondientes a pensiones incluidos en el techo de esta rúbrica se ha efectuado sin contar las contribuciones del personal al régimen correspondiente, con el límite de 500 millones EUR a precios de 2004 durante 2007-2013.
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