EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo IX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 114/2008, de 7 de noviembre de 2008 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/27/CE de la Comisión, de 7 de abril de 2009, por la que se modifican determinados anexos de la Directiva 2006/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las disposiciones técnicas relativas a la gestión de riesgos ( 2 ).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 31 (Directiva 2006/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo IX del Acuerdo, se añade el siguiente texto:
«, modificado por:
— 32009 L 0027: Directiva 2009/27/CE de la Comisión, de 7 de abril de 2009 (DO L 94 de 8.4.2009, p. 97).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2009/27/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 23 de octubre de 2009, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 22 de octubre de 2009.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Oda Helen SLETNESES
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( 1 ) DO L 339 de 18.12.2008, p. 103.
( 2 ) DO L 94 de 8.4.2009, p. 97.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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