LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 861/2006 del Consejo, de 22 de mayo de 2006, por el que se establecen medidas financieras comunitarias para la aplicación de la política pesquera común y el Derecho del Mar ( 1 ), y, en particular, su artículo 21,
Considerando lo siguiente:
(1) Los Estados miembros han enviado a la Comisión sus programas de control de la actividad pesquera en 2009, junto con las solicitudes de participación financiera de la Comunidad en los gastos en que vaya a incurrirse al llevarse a cabo los proyectos incluidos en dichos programas.
(2) Las solicitudes relativas a las actuaciones enumeradas en el artículo 8, letra a), del Reglamento (CE) no 861/2006 pueden optar a la financiación comunitaria.
(3) Las solicitudes de financiación comunitaria deben cumplir las normas establecidas en el Reglamento (CE) no 391/2007 de la Comisión ( 2 ).
(4) Procede fijar los importes máximos y el porcentaje de la participación financiera de la Comunidad dentro de los límites contemplados en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 861/2006 y establecer las condiciones para la concesión de dicha participación.
(5) Con el fin de promover la inversión en las acciones prioritarias definidas por la Comisión y teniendo en cuenta los efectos negativos de la crisis financiera en los presupuestos de los Estados miembros, el gasto relativo al sistema electrónico de registro y notificación (ERS) y a los sistemas de localización de buques vía satélite (SLB), así como el gasto destinado a prevenir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), debe beneficiarse de un porcentaje de cofinanciación elevado, en los límites establecidos en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 861/2006.
(6) Para poder optar a la participación comunitaria, los dispositivos automáticos de localización deben cumplir los requisitos fijados por el Reglamento (CE) no 2244/2003 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2003, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los sistemas de localización de buques vía satélite ( 3 ).
_______________________
( 1 ) DO L 160 de 14.6.2006, p. 1.
( 2 ) DO L 97 de 12.4.2007, p. 30.
( 3 ) DO L 333 de 20.12.2003, p. 17.
(7) Para poder optar a la participación comunitaria, los dispositivos electrónicos de registro y notificación a bordo de los buques pesqueros deben cumplir los requisitos fijados por el Reglamento (CE) no 1077/2008 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1966/2006 del Consejo, sobre el registro y la transmisión electrónicos de las actividades pesqueras y sobre los medios de teledetección, y se deroga el Reglamento (CE) no 1566/2007 ( 1 ).
(8) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión de pesca y acuicultura.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Objeto
La presente Decisión establece una participación financiera de la Comunidad para 2009 en los gastos en que hayan incurrido los Estados miembros en 2009 al poner en práctica los sistemas de seguimiento y de control aplicables a la política pesquera común (PPC), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8, letra a), del Reglamento (CE) no 861/2006. Asimismo, establece el importe de la participación financiera comunitaria para cada Estado miembro, el porcentaje de dicha participación y las condiciones para su concesión.
Artículo 2
Liquidación de compromisos pendientes
Todos los pagos por los que se solicite un reembolso serán efectuados por el Estado miembro de que se trate antes del 30 de junio de 2013. Los pagos efectuados por el Estado miembro después de esta fecha no podrán ser reembolsados.
Los créditos presupuestarios no utilizados correspondientes a la presente Decisión se liberarán a más tardar el 31 de diciembre de 2014.
Artículo 3
Nuevas tecnologías y redes de TI
1. Para cubrir los gastos de adquisición de equipos informáticos y de instalación y asistencia técnica, así como los de establecimiento de redes informáticas que permitan llevar a cabo con eficacia y seguridad el intercambio de información en relación con el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, podrá concederse una participación financiera del 50 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo I.
2. En el caso de los gastos contemplados en el anexo I relativos al sistema de localización de buques vía satélite (SLB), los sistemas electrónicos de registro y notificación (ERS) y destinados a prevenir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, el porcentaje de cofinanciación a que se refiere el apartado 1 queda fijado en el 95 %.
Artículo 4
Dispositivos automáticos de localización
1. Para cubrir los gastos de adquisición e instalación a bordo de los buques pesqueros de dispositivos automáticos de localización que permitan el seguimiento a distancia de los buques por un centro de seguimiento de las actividades pesqueras mediante un sistema de localización de buques vía satélite (SLB), podrá concederse una participación financiera del 95 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo II.
2. La participación financiera a que se refiere el apartado 1 estará limitada a 1 500 EUR por buque.
3. Para poder optar a la participación financiera a que se refiere el apartado 1, los dispositivos automáticos de localización deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) no 2244/2003.
Artículo 5
Sistemas electrónicos de registro y notificación
Para cubrir los gastos de adquisición de equipos informáticos y de instalación y asistencia técnica de los componentes necesarios para los ERS que permitan llevar a cabo con eficacia y seguridad el intercambio de información en relación con el seguimiento, el control y la vigilancia de las actividades pesqueras, podrá concederse una participación financiera del 95 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo III.
Artículo 6
Dispositivos electrónicos de registro y notificación
1. Para cubrir los gastos de adquisición e instalación a bordo de los buques pesqueros de dispositivos electrónicos de registro y notificación que permitan a los buques registrar y notificar por vía electrónica a un centro de seguimiento de las actividades pesqueras datos sobre actividades pesqueras, podrá concederse una participación financiera del 95 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo IV.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, la participación financiera a que se refiere el apartado 1estará limitada a 4 500 EUR por buque.
3. Para poder optar a la participación financiera, los dispositivos ERS deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) no 1077/2008.
4. En el caso de dispositivos que combinen funciones ERS y SLB y que cumplan los requisitos establecidos en los Reglamentos (CE) no 2244/2003 y (CE) no 1077/2008, la participación financiera contemplada en el apartado 1 del presente artículo estará limitada a 6 000 EUR.
Artículo 7
Proyectos piloto
Para cubrir los gastos de los proyectos piloto sobre nuevas tecnologías de control, podrá concederse una participación financiera del 95 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo V.
Artículo 8
Programas de formación e intercambio
Para cubrir los gastos de los programas de formación e intercambio de funcionarios responsables de las actividades de seguimiento, control y vigilancia en el ámbito de la pesca, podrá concederse una participación financiera del 50 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo VI.
____________________
( 1 ) DO L 295 de 4.11.2008, p. 3.
Artículo 9
Planes piloto de inspección y de observadores Para cubrir los gastos de los planes piloto de inspección y de observadores, podrá concederse una participación financiera del 50 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo VII.
Artículo 10
Evaluación del gasto
Para cubrir los gastos de la aplicación de un sistema de evaluación del gasto contraído en el control de la política pesquera común, podrá concederse una participación financiera del 50 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo VIII.
Artículo 11
Iniciativas de sensibilización en relación con las normas de la PPC
Para cubrir los gastos generados por iniciativas, como seminarios e instrumentos multimedia, encaminadas a sensibilizar en mayor medida a los pescadores y a otros interesados, como inspectores, fiscales y jueces, así como a la opinión pública, acerca de la necesidad de combatir la pesca irresponsable e ilegal y en relación con la aplicación de las normas de la política pesquera común, podrá concederse una participación financiera del 75 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en el anexo IX.
Artículo 12
Buques y aeronaves para la inspección y vigilancia de las actividades pesqueras
1. Para cubrir los gastos de adquisición y modernización de los buques y aeronaves destinados a la inspección y vigilancia de las actividades pesqueras por parte de las autoridades competentes de los Estados miembros, podrá concederse, dentro de los límites establecidos en el anexo X, una participación financiera del 50 % de los gastos subvencionables en que hayan incurrido los Estados miembros.
2. La participación financiera asignada a cada Estado miembro en el anexo X se calculará sobre la base de la utilización de los buques y aeronaves en cuestión para la inspección y vigilancia, expresada como porcentaje de su actividad anual total, declarada por los Estados miembros.
Artículo 13
Participación máxima total de la Comunidad por Estado miembro
El gasto total previsto por Estado miembro, el porcentaje subvencionable correspondiente y la participación máxima total de la Comunidad por Estado miembro para las acciones contempladas en los artículos 3 a 12 son los siguientes:
(en EUR)
Estado miembro
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria prevista
Bélgica
805 000
805 000
764 750
Bulgaria
352 000
362 000
282 250
Dinamarca
1 945 552
1 945 552
1 667 139
Alemania
222 000
278 000
220 000
Estonia
706 000
706 000
645 500
Irlanda
120 000
90 000
45 000
Grecia
16 867 000
8 928 000
4 735 400
España
17 218 103
14 772 123
8 190 517
Francia
2 631 500
2 333 000
1 049 750
Italia
19 589 925
6 361 340
3 273 170
Lituania
407 900
407 900
378 300
Malta
1 003 475
1 003 475
922 127
Países Bajos
3 145 000
2 750 000
2 560 750
Polonia
497 713
468 713
416 479
Portugal
783 500
759 250
629 038
Rumanía
80 000
80 000
62 500
Finlandia
920 000
820 000
659 750
Suecia
1 715 000
1 715 000
1 541 750
Reino Unido
4 309 798
3 601 555
2 055 830
Total
73 319 466
48 186 908
30 100 000
Artículo 14
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, la República de Bulgaria, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República de Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Lituania, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Polonia, la República Portuguesa, Rumanía, la República de Finlandia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 2009.
Por la Comisión
Joe BORG
Miembro de la Comisión
ANEXO I
NUEVAS TECNOLOGÍAS Y REDES DE TI
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Bulgaria:
BG/09/01
20 000
30 000
15 000
BG/09/02
13 000
13 000
6 500
BG/09/03
12 000
12 000
6 000
BG/09/04
25 000
25 000
23 750
BG/09/05
70 000
70 000
66 500
Subtotal
140 000
150 000
117 750
Dinamarca:
DK/09/01
134 176
134 176
127 468
DK/09/02
402 528
402 528
201 264
DK/09/03
670 880
670 880
637 336
DK/09/04
167 720
167 720
159 334
DK/09/05
167 720
167 720
159 334
Subtotal
1 543 024
1 543 024
1 284 736
Alemania:
DE/09/01
90 000
90 000
85 000
DE/09/02
16 000
72 000
36 000
Subtotal
106 000
162 000
121 500
Estonia:
EE/09/01
600 000
600 000
570 000
EE/09/02
50 000
50 000
25 000
Subtotal
650 000
650 000
595 000
Irlanda:
IE/09/01
90 000
60 000
30 000
Subtotal
90 000
60 000
30 000
Grecia:
EL/09/01
1 500 000
368 000
64 400
EL/09/02
210 000
0
0
Subtotal
1 710 000
368 000
64 400
España:
ES/09/01
530 000
530 000
265 000
ES/09/02
146 000
146 000
73 000
ES/09/03
99 000
99 000
49 500
ES/09/04
16 000
0
0
ES/09/05
28 000
28 000
14 000
ES/09/06
353 000
353 000
176 500
ES/09/07
800 000
800 000
760 000
ES/09/24
81 459
0
0
ES/09/28
141 120
141 120
70 560
ES/09/32
282 000
282 000
141 000
ES/09/35
360 000
360 000
342 000
Subtotal
2 836 579
2 739 120
1 891 560
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Francia:
FR/09/01
553 500
410 000
205 000
FR/09/02
130 000
130 000
65 000
FR/09/03
120 000
120 000
60 000
Subtotal
803 500
660 000
330 000
Italia:
IT/09/01
220 000
55 000
27 500
Subtotal
220 000
55 000
27 500
Lituania:
LT/09/01-01
27 000
27 000
25 650
Subtotal
27 000
27 000
25 650
Países Bajos:
NL/09/01
300 000
300 000
285 000
NL/09/02
150 000
150 000
142 500
NL/09/03
40 000
40 000
38 000
NL/09/04
75 000
75 000
71 250
NL/09/11
30 000
0
0
NL/09/12
30 000
30 000
28 500
Subtotal
625 000
595 000
565 250
Polonia:
PL/09/01
93 000
64 000
32 000
PL/09/02
10 000
10 000
9 500
PL/09/03
30 000
30 000
28 500
Subtotal
133 000
104 000
70 000
Portugal:
PT/09/01-01
2 500
2 500
1 250
PT/09/01-02
218 250
194 000
97 000
PT/09/03
1 500
1 500
750
PT/09/04
7 000
7 000
3 500
PT/09/05-01
40 000
40 000
38 000
PT/09/05-02
30 000
30 000
28 500
PT/09/05-03
35 000
35 000
33 250
PT/09/05-04
125 000
125 000
118 750
PT/09/05-05
9 750
9 750
9 263
PT/09/05-06
9 000
9 000
8 550
Subtotal
478 000
453 750
338 813
Rumanía:
RO/09/01
15 000
15 000
7 500
Subtotal
15 000
15 000
7 500
Finlandia:
FI/09/01
200 000
200 000
100 000
FI/09/02
20 000
20 000
10 000
FI/09/03
15 000
15 000
7 500
Subtotal
235 000
235 000
117 500
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Suecia:
SE/09/01
40 000
40 000
20 000
SE/09/02
80 000
80 000
76 000
SE/09/03
135 000
135 000
128 250
SE/09/04
80 000
80 000
76 000
SE/09/05
80 000
80 000
76 000
SE/09/06
50 000
50 000
47 500
SE/09/07
60 000
60 000
30 000
Subtotal
525 000
525 000
453 750
Reino Unido:
UK/09/01
55 880
55 880
53 086
UK/09/03
56 916
56 916
54 071
UK/09/04
113 831
100 000
50 000
UK/09/25
10 245
10 245
9 733
UK/09/26
15 362
15 362
7 681
UK/09/27
3 415
4 000
2 000
UK/09/30
5 123
6 000
3 000
UK/09/34
1 890
1 890
1 796
UK/09/37
1 708
2 000
1 000
UK/09/43
17 758
0
0
UK/09/44
17 075
17 075
8 538
UK/09/45
13 660
13 660
6 830
UK/09/46
10 245
12 000
6 000
UK/09/47
1 196
1 196
598
UK/09/48
797
797
758
UK/09/60
570
570
285
UK/09/64
2 277
2 000
1 000
UK/09/65
4 241
4 241
2 121
UK/09/67
3 159
3 159
3 002
Subtotal
335 348
306 991
211 499
Total
10 472 451
8 648 885
6 252 408
ANEXO II
DISPOSITIVOS AUTOMÁTICOS DE LOCALIZACIÓN (en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
España:
ES/09/15
90 000
90 000
45 000
ES/09/26
89 656
89 656
85 174
Subtotal
179 656
179 656
130 174
Francia:
FR/09/04
1 098 000
1 098 000
366 000
FR/09/05
225 000
225 000
75 000
Subtotal
1 323 000
1 323 000
441 000
Malta:
MT/09/01
22 000
22 000
7 500
Subtotal
22 000
22 000
7 500
Total
1 524 656
1 524 656
578 674
ANEXO III
SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE REGISTRO Y NOTIFICACIÓN (en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Bélgica:
BE/09/01
280 000
280 000
266 000
BE/09/02
300 000
300 000
285 000
Subtotal
580 000
580 000
551 000
Bulgaria:
BG/09/06
25 000
25 000
23 750
BG/09/07
80 000
80 000
76 000
Subtotal
105 000
105 000
99 750
Dinamarca:
DK/09/06
268 352
268 352
254 935
Subtotal
268 352
268 352
254 935
España:
ES/09/08
89 553
89 553
85 076
ES/09/09
31 732
31 732
30 146
ES/09/10
34 694
34 694
32 960
ES/09/11
72 764
72 764
69 126
ES/09/12
49 885
49 885
47 391
ES/09/13
7 431
0
0
ES/09/16
70 000
70 000
66 500
Subtotal
356 059
348 628
331 199
Lituania:
LT/09/01-02
353 000
353 000
335 350
Subtotal
353 000
353 000
335 350
Malta:
MT/09/02-01
8 400
8 400
7 980
MT/09/02-02
60 000
60 000
57 000
MT/09/02-03
2 000
2 000
1 900
MT/09/03
32 375
32 375
30 757
MT/09/04
97 200
97 200
92 340
Subtotal
199 975
199 975
189 977
Países Bajos:
NL/09/05
40 000
40 000
38 000
NL/09/13
200 000
200 000
190 000
Subtotal
240 000
240 000
228 000
Polonia:
PL/09/04
64 883
64 883
61 639
PL/09/05-01
16 665
16 665
15 832
PL/09/05-04
18 443
18 443
17 521
PL/09/05-05
3 556
3 556
3 379
PL/09/05-07
25 000
25 000
23 750
PL/09/06
41 166
41 166
39 108
Subtotal
169 713
169 713
161 229
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Portugal:
PT/09/02-01
53 500
53 500
50 825
PT/09/02-02
53 500
53 500
50 825
PT/09/06-01
133 000
133 000
126 350
PT/09/06-02
53 500
53 500
50 825
PT/09/06-03
12 000
12 000
11 400
Subtotal
305 500
305 500
290 225
Finlandia:
FI/09/04
550 000
550 000
522 500
Subtotal
550 000
550 000
522 500
Suecia:
SE/09/08
300 000
300 000
285 000
Subtotal
300 000
300 000
285 000
Total
3 427 599
3 420 168
3 249 165
ANEXO IV
DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE REGISTRO Y NOTIFICACIÓN (en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Bélgica
BE/09/03
225 000
225 000
213 750
Subtotal
225 000
225 000
213 750
Dinamarca:
DK/09/07
134 176
134 176
127 468
Subtotal
134 176
134 176
127 468
Alemania:
DE/09/05
90 000
90 000
85 500
Subtotal
90 000
90 000
85 500
Estonia:
EE/09/03
50 000
50 000
47 500
Subtotal
50 000
50 000
47 500
Grecia:
EL/09/03
7 510 000
7 510 000
4 146 000
Subtotal
7 510 000
7 510 000
4 146 000
España:
ES/09/14
2 000 000
0
0
Subtotal
2 000 000
0
0
Francia:
FR/09/06
225 000
225 000
213 750
Subtotal
225 000
225 000
213 750
Malta:
MT/09/05
763 200
763 200
715 500
+ MT/09/02-04
Subtotal
763 200
763 200
715 500
Países Bajos:
NL/09/06
1 800 000
1 800 000
1 710 000
Subtotal
1 800 000
1 800 000
1 710 000
Polonia:
PL/09/05-02
109 200
109 200
103 740
PL/09/05-03
46 800
46 800
44 460
PL/09/05-06
39 000
39 000
37 050
Subtotal
195 000
195 000
185 250
Rumanía:
RO/09/02
50 000
50 000
47 500
Subtotal
50 000
50 000
47 500
Suecia:
SE/09/09
300 000
300 000
285 000
SE/09/10
200 000
200 000
190 000
Subtotal
500 000
500 000
475 000
Reino Unido:
UK/09/02
418 896
418 896
397 952
Subtotal
418 896
418 896
397 952
Total
13 961 272
11 961 272
8 365 170
ANEXO V
PROYECTOS PILOTO
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Bulgaria:
BG/09/08
25 000
25 000
23 750
Subtotal
25 000
25 000
23 750
España:
ES/09/34
96 887
96 887
92 043
Subtotal
96 887
96 887
92 043
Suecia:
SE/09/11
40 000
40 000
38 000
SE/09/12
200 000
200 000
190 000
Subtotal
240 000
240 000
228 000
Total
361 887
361 887
343 793
ANEXO VI
PROGRAMAS DE FORMACIÓN E INTERCAMBIO (en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Bulgaria:
BG/09/09
70 000
70 000
35 000
Subtotal
70 000
70 000
35 000
Alemania:
DE/09/03
21 000
21 000
10 500
DE/09/04
5 000
5 000
2 500
Subtotal
26 000
26 000
13 000
Estonia:
EE/09/04
6 000
6 000
3 000
Subtotal
6 000
6 000
3 000
Irlanda:
IE/09/02
30 000
30 000
15 000
Subtotal
30 000
30 000
15 000
España:
ES/09/17
25 920
25 920
12 960
ES/09/25
70 690
70 690
35 345
ES/09/33
22 000
22 000
11 000
Subtotal
118 610
118 610
59 305
Francia:
FR/09/07
115 000
115 000
57 500
Subtotal
115 000
115 000
57 500
Italia:
IT/09/02
6 871 585
0
0
IT/09/03
342 000
0
0
IT/09/04
26 340
26 340
13 170
IT/09/05
30 000
30 000
15 000
IT/09/06
880 000
880 000
440 000
Subtotal
8 149 925
936 340
468 170
Lituania:
LT/09/02
14 500
14 500
7 250
Subtotal
14 500
14 500
7 250
Malta:
MT/09/06
18 300
18 300
9 150
Subtotal
18 300
18 300
9 150
Países Bajos:
NL/09/14
45 000
45 000
22 500
NL/09/15
25 000
25 000
12 500
NL/09/16
45 000
45 000
22 500
Subtotal
115 000
115 000
57 500
Finlandia:
FI/09/05
30 000
30 000
15 000
Subtotal
30 000
30 000
15 000
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Suecia:
SE/09/13
50 000
50 000
25 000
Subtotal
50 000
50 000
25 000
Reino Unido:
UK/09/05
3 415
3 415
1 708
UK/09/06
27 456
27 456
13 728
UK/09/07
11 201
11 201
5 601
UK/09/08
29 141
29 141
14 571
UK/09/09
75 812
75 812
37 906
UK/09/10
18 031
0
0
UK/09/11
23 313
0
0
UK/09/12
46 443
0
0
UK/09/13
12 021
0
0
UK/09/14
3 643
0
0
UK/09/15
8 538
8 538
4 269
UK/09/17
6 830
6 830
3 415
UK/09/28
2 163
2 163
1 082
UK/09/29
797
0
0
UK/09/36
2 145
0
0
UK/09/38
975
975
488
UK/09/39
171
171
86
UK/09/49
3 415
3 415
1 708
UK/09/50
530
0
0
UK/09/51
3 415
3 415
1 708
UK/09/52
5 692
5 692
2 846
UK/09/61
2 277
2 277
1 139
UK/09/62
2 049
2 049
1 025
UK/09/63
1 025
1 025
513
Subtotal
290 498
183 575
91 793
Total
9 033 833
1 713 325
856 668
ANEXO VII
PLANES PILOTO DE INSPECCIÓN Y DE OBSERVADORES (en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Reino Unido:
UK/09/40
11 384
11 384
5 692
UK/09/53
18 213
0
0
UK/09/54
36 426
0
0
Subtotal
66 023
11 384
5 692
Total
66 023
11 384
5 692
ANEXO VIII
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL GASTO
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Bulgaria:
BG/09/10
12 000
12 000
6 000
Subtotal
12 000
12 000
6 000
Total
12 000
12 000
6 000
ANEXO IX
INICIATIVAS DE SENSIBILIZACIÓN EN RELACIÓN CON LAS NORMAS DE LA PPC (en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
España:
ES/09/27
165 518
165 518
124 139
Subtotal
165 518
165 518
124 139
Francia:
FR/09/08
15 000
10 000
7 500
Subtotal
15 000
10 000
7 500
Italia:
IT/09/07
200 000
0
0
IT/09/08
140 000
140 000
105 000
IT/09/09
120 000
120 000
90 000
IT/09/10
110 000
110 000
82 500
Subtotal
570 000
370 000
277 500
Lituania:
LT/09/03
13 400
13 400
10 050
Subtotal
13 400
13 400
10 050
Finlandia:
FI/09/06
5 000
5 000
4 750
Subtotal
5 000
5 000
4 750
Suecia:
SE/09/14
100 000
100 000
75 000
Subtotal
100 000
100 000
75 000
Reino Unido:
UK/09/18
11 384
0
0
UK/09/19
11 384
0
0
UK/09/20
8 538
0
0
UK/09/21
22 767
0
0
UK/09/22
17 075
17 075
12 807
UK/09/23
17 075
17 075
12 807
UK/09/55
911
0
0
Subtotal
89 134
34 150
25 614
Total
958 052
698 068
524 553
ANEXO X
BUQUES Y AERONAVES DE VIGILANCIA
(en EUR)
Estado miembro y código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Grecia:
EL/09/04
3 000 000
1 050 000
525 000
EL/09/05
4 647 000
0
0
Subtotal
7 647 000
1 050 000
525 000
España:
ES/09/18
3 000 000
3 000 000
1 500 000
ES/09/19
2 000 000
2 000 000
1 000 000
ES/09/20
1 344 450
1 344 450
672 470
ES/09/21
1 397 414
1 397 414
698 707
ES/09/22
34 483
0
0
ES/09/23
84 207
0
0
ES/09/29
92 400
0
0
ES/09/30
3 381 840
3 381 840
1 690 920
ES/09/31
130 000
0
0
Subtotal
11 464 794
11 123 704
5 562 097
Francia:
FR/09/09
150 000
0
0
Subtotal
150 000
0
0
Italia:
IT/09/11
5 000 000
5 000 000
2 500 000
IT/09/12
3 700 000
0
0
IT/09/13
1 950 000
0
0
Subtotal
10 650 000
5 000 000
2 500 000
Países Bajos:
NL/09/07
25 000
0
0
NL/09/08
70 000
0
0
NL/09/09
100 000
0
0
NL/09/10
100 000
0
0
NL/09/17
70 000
0
0
Subtotal
365 000
0
0
Rumanía:
RO/09/03
15 000
15 000
7 500
Subtotal
15 000
15 000
7 500
Finlandia:
FI/09/07
100 000
0
0
Subtotal
100 000
0
0
(en EUR)
Estado miembroy código del proyecto
Gastos previstos en el programa nacional de control de las actividades pesqueras
Gastos subvencionables en virtud de la presente Decisión
Participación comunitaria
Reino Unido:
UK/09/24
2 845 760
2 561 184
1 280 592
UK/09/31
48 378
0
0
UK/09/32
19 921
0
0
UK/09/33
2 846
0
0
UK/09/41
45 886
0
0
UK/09/42
24 851
0
0
UK/09/56
25 043
0
0
UK/09/57
11 839
0
0
UK/09/58
22 767
22 767
11 384
UK/09/59
56 916
56 916
28 458
UK/09/66
5 692
5 692
2 846
Subtotal
3 109 899
2 646 559
1 323 280
Total
33 501 693
19 835 263
9 917 877
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid