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Documento DOUE-L-2009-81713

Decisión del Parlamento Europeo, de 23 de abril de 2009, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2007.

Publicado en:
«DOUE» núm. 255, de 26 de septiembre de 2009, páginas 112 a 115 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-81713

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2007 [1],

- Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2007, acompañado de las respuestas de Eurojust [2],

- Vista la Recomendación del Consejo de 10 de febrero de 2009 (5588/2009 – C6-0060/2009),

- Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [3], y, en particular, su artículo 185,

- Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia [4], y, en particular, su artículo 36,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 [5], y, en particular, su artículo 94,

- Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,

- Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6-0161/2009),

1. Aprueba la gestión del Director administrativo de Eurojust en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2007;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director Administrativo de Eurojust, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Hans-Gert Pöttering

El Secretario General

Klaus Welle

______________________________

[1] DO C 278 de 31.10.2008, p. 57.

[2] DO C 311 de 5.12.2008, p. 142.

[3] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

[4] DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.

[5] DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

Resolución del Parlamento Europeo

de 23 de abril de 2009

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2007

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2007 [1],

- Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2007, acompañado de las respuestas de Eurojust [2],

- Vista la Recomendación del Consejo de 10 de febrero de 2009 (5588/2009 – C6-0060/2009),

- Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [3], y, en particular, su artículo 185,

- Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia [4], y, en particular, su artículo 36,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 [5], y, en particular, su artículo 94,

- Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,

- Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6-0161/2009),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas (TCE) ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2007 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

B. Considerando que, el 22 de abril de 2008, el Parlamento aprobó la gestión del Director Administrativo de Eurojust por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2006 [6], y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular,

- tomó nota de la observación efectuada por el TCE en su informe de 2006 en el sentido de que el porcentaje de prórrogas se elevó al 33 % para los gastos administrativos y al 30 % para los gastos operativos, con un elevado número de transferencias de créditos entre líneas presupuestarias, sin aportar en muchos casos una justificación documental suficiente, de modo que no se respetó estrictamente el principio presupuestario de especificación,

- tomó nota, asimismo, de la constatación del TCE de que no se observaron de forma estricta las normas de contratación pública y de que no se creó ni utilizó un inventario físico de todo el inmovilizado con su valor correspondiente con el fin de controlar la propiedad de Eurojust; insta a Eurojust a que aplique de forma estricta las normas de contratación pública, especialmente en lo que se refiere a los contratos marco,

- expresó su preocupación por la afirmación formulada por Eurojust en su informe anual de que seguían existiendo muchas oportunidades para desarrollar las relaciones de Eurojust con la OLAF, en particular mediante un acuerdo de cooperación formal;

1. Observa que, a pesar de que la declaración de fiabilidad del TCE es positiva, sus observaciones indican que sigue habiendo problemas estructurales en los ámbitos de la ejecución presupuestaria, la contratación pública y la planificación del reclutamiento;

2. Se manifiesta satisfecho por la información contenida en el Informe anual de Eurojust para 2007 según la cual esta agencia ha introducido la contabilidad de ejercicio (ABAC) a partir del 1 de octubre de 2007;

3. Observa en el Informe anual de Eurojust para 2007 que, debido al rápido crecimiento de Eurojust y a la consiguiente necesidad de nuevas sedes, esta agencia está cooperando con el Estado anfitrión para asegurar, con carácter temporal, un espacio adicional de oficinas; observa en el Informe anual de Eurojust para 2007 que el Estado anfitrión se ha comprometido a facilitar nuevos locales adecuados para 2012;

4. Pide a Eurojust que, en su Informe anual para 2008, incluya información sobre los progresos en las negociaciones relativas a las nuevas sedes, los acuerdos provisionales y las implicaciones financieras;

Elevado nivel de créditos prorrogados

5. Toma nota de la observación del TCE de que, de los 18000000 EUR que se comprometieron en 2007, se prorrogaron 5200000 EUR;

6. Manifiesta su preocupación por la constatación del TCE de que este elevado nivel de prórrogas es contrario al principio de anualidad, e indica la existencia de insuficiencias en la programación y el control de las actividades de Eurojust;

7. Toma nota de la respuesta de Eurojust según la cual el elevado nivel de prórrogas se debió a la falta de personal adecuado para gestionar los fondos y a las dificultades relacionadas con la aplicación del nuevo sistema de contratación pública; observa que solo se cubrieron 95 de los 147 puestos previstos en la plantilla para 2007;

8. Toma nota de que Eurojust introdujo en 2008 una estrategia para la reducción de las prórrogas;

Deficiencias en los procedimientos de contratación pública

9. Reconoce que, a raíz de las recomendaciones formuladas por el TCE en ejercicios anteriores, Eurojust ha centralizado la gestión de sus procedimientos de contratación pública en una unidad especializada;

10. Lamenta que, sin embargo, el TCE siga encontrando deficiencias en los procedimientos de contratación pública, como en los dos años anteriores;

11. Manifiesta su sorpresa por la constatación del TCE de que Eurojust prorrogó los contratos existentes contraviniendo las normas, pese a que se trataba de contratos cuyas fechas de vencimiento se conocían con gran antelación;

12. Apoya plenamente la recomendación del TCE de que el ordenador de pagos establezca un plan eficaz para la gestión de los procedimientos de contratación pública;

13. Toma nota de que Eurojust ha diseñado un plan general de contratación para 2008 y ha adoptado una decisión sobre la organización de la contratación pública y tareas relacionadas con ella, y de que todos los contratos mencionados por el TCE se han vuelto a sacar a concurso de conformidad con la normativa;

Deficiencias en la planificación de las contrataciones

14. Toma nota de la observación formulada por el TCE en el sentido de que el cuadro de efectivos previsto para 2007 preveía 147 puestos frente a los 112 de 2006 y de que, al final de 2006, solo se habían cubierto 87 puestos;

15. Manifiesta su preocupación por la observación del TCE de que Eurojust no contrató a los 60 agentes necesarios para completar el cuadro de efectivos en 2007, sino que, al final de 2007, solo se habían ocupado 95 puestos;

16. Coincide con el TCE en que esta situación refleja la existencia de deficiencias en la planificación de las contrataciones de Eurojust;

17. Lamenta que, tal como reconoce Eurojust, la falta considerable de personal haya tenido un impacto negativo en la ejecución de su presupuesto;

18. Toma nota de que, de acuerdo con sus respuestas, Eurojust se propone completar su cuadro de efectivos en 2008;

19. Toma nota de que, de los 175 puestos previstos en el cuadro de efectivos para 2008, 130 se cubrieron antes de finales de 2008; se congratula por el hecho de que Eurojust haya reducido la tasa de vacantes del 34 % a finales de 2007 al 25 % a finales de 2008; insta a Eurojust a hacer esfuerzos adicionales para cubrir los puestos vacantes lo antes posible;

20. Toma nota, sobre la base del informe anual de Eurojust para 2007, de que:

- ha elaborado un plan de política de personal plurianual que cubre el período 2007-2010,

- ha adoptado una nueva política de contratación que describe el marco jurídico, los principios, el proceso de selección, las funciones y los actores implicados,

- tiene la intención de firmar el acuerdo interagencias sobre el mercado de trabajo;

Seguimiento de la aprobación de la gestión 2006

21. Pide a Eurojust que realice un seguimiento de las recomendaciones del TCE, en particular en los ámbitos de la ejecución presupuestaria, la contratación pública y el reclutamiento, y que informe detalladamente de las medidas adoptadas en su informe anual de 2008;

22. Se manifiesta satisfecho con las conclusiones del Acuerdo práctico relativo al Régimen de Cooperación entre Eurojust y la OLAF [7] el 24 de septiembre de 2008;

23. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 23 de abril de 2009 sobre la gestión y el control financieros de las Agencias de la UE [8].

______________________________

[1] DO C 278 de 31.10.2008, p. 57.

[2] DO C 311 de 5.12.2008, p. 142.

[3] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

[4] DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.

[5] DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

[6] DO L 88 de 31.3.2009, p. 234.

[7] DO C 314 de 9.12.2008, p. 3.

[8] Véase la página 206 del presente Diario Oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 23/04/2009
  • Fecha de publicación: 26/09/2009
Materias
  • Eurojust
  • Presupuestos comunitarios

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